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Sala de lo Constitucional declara inconstitucional nombramiento de magistrados de la Corte de Cuentas

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Este día, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional la elección de los magistrados de la Corte de Cuentas de la República, por la existencia de vicios de forma en los Decretos Legislativos N° 764 y 765 en los que se encuentra su nombramiento. La Sala determinó que la Asamblea Legislativa omitió argumentar por qué las personas electas poseen la competencia notoria requerida para el cargo. 

Aunque todos los magistrados fueron declarados inconstitucionales por no fundamentar las competencias, el nombramiento de las magistradas Carmen Elena Rivas Landaverde y María del Carmen Martínez Barahona, presidenta y primera magistrada de la Corte de Cuentas de la República, también fue declarado inconstitucional por la omisión de la Asamblea Legislativa de documentar la no afiliación partidaria de las funcionarias.

Aunque los nombramientos fueron declarados inconstitucionales, la Sala determina  que estos continuarán fungiendo como Magistrados hasta concluir con su período, el día 27 de agosto de 2020, por lo que la Asamblea Legislativa deberá realizar el proceso de elección de los nuevos profesionales que ocuparan tales cargos a la mayor brevedad, observando el contenido de la sentencia.

Así también, la declaratoria de inconstitucional no afectará los actos emitidos por los referidos funcionarios durante el período en el que desempeñaron y desempeñarán sus cargos. El propósito es respetar las situaciones jurídicas consolidadas y las actuaciones individuales o colectivas

Por último, la resolución no impide a los referidos profesionales postularse para una posible reelección, pues el vicio de inconstitucionalidad advertido fue de forma, en el procedimiento llevado a cabo por dicha asamblea, según lo expuesto en los considerandos de la presente sentencia.

Consulte la sentencia de inconstitucionalidad a continuación:

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