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Sala declara inconstitucional Ley de Probidad y mantiene vigente la LEIFEP
La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Probidad que aprobó la Asamblea Legislativa en diciembre de 2015. Esta ley dejaba sin funcionamiento la Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos (LEIFEP). Nuevamente, esta ley vuelve a tomar vigencia.
La razón que dio la sala fue que en toda legislación que tenga por objeto reglamentar la organización, funcionamiento y atribuciones de la Sección de Probidad constituye un tema de exclusiva competencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), y que ella es la encargada de una iniciativa de ley relacionada a ello, ya que la Sección de Probidad es una unidad que forma parte de la CSJ. Competencia que no es de la Asamblea Legislativa.
Que la Constitución de la República atribuye a la corte junto a otras instituciones un rol importante en la lucha contra la corrupción, por ende, todas las instituciones deben involucrarse de manera coordinada y asegurar el acceso a la información pública para que los funcionarios no se enriquezcan ilícitamente. Que es contradictorio que haya reserva que impida la rendición de cuentas, escrutinio y control de la sociedad civil.
En la ley que ha sido inhabilitada, se desconocía la autoridad del Pleno de la CSJ para poner multa transfiriéndola a la Sala de lo Civil. Siendo la CSJ quien debe pronunciar la resolución que ordene a la Cámara de lo Civil a que inicie juicio por enriquecimiento ilícito.
Lea la resolución completa:
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