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Sala de lo Constitucional suspende candidatura legislativa de Walter Araujo

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La Sala de lo Constitucional admitió la demanda de inconstitucionalidad presentada por Bertha María De León Gutiérrez en contra de la candidatura de Walter Araujo como diputado en las próximas elecciones legislativa.

Además de la admisión, la Sala resolvió aceptar la medida cautelar propuesta y suspender la inscripción de la candidatura, ordenando al Tribunal Supremo Electoral que las papeletas de votación sean impresas sin ningún dato o imagen identificativa del candidato, y el permitir sustituir su candidatura al partido Nuevas Ideas.

En el proceso de inconstitucionalidad la demandante solicita que la Sala declare la inconstitucionalidad de la resolución pronunciada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), por medio de la cual se inscribió la candidatura del ciudadano Walter René Araujo Morales, por la supuesta violación de los arts. 126, 127 y 128 Cn.

Bertha de León alega que el TSE no valoró adecuadamente la exigencia de “notoria honradez”, regulada en el artículo 126 de la Constitución, respecto del candidato Walter René Araujo Morales, pues no tomó en cuenta que es un hecho notorio su patrón de conducta agresiva y violenta contra las mujeres en espacios públicos y redes sociales.

Agrega que el candidato tiene un proceso penal abierto, en el cual ella tiene el carácter de ofendida. Dicho proceso está siendo ventilado en el Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, San Salvador. Así también, el candidato cuenta con procesos de investigación seguidos por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, relacionados con el período durante el cual el ciudadano Walter René Araujo Morales fungió como magistrado del TSE.

La Sala resolvió admitir la demanda y como medida cautelar suspender los efectos del objeto de control, de manera que el ciudadano Walter René Araujo Morales no podrá optar al cargo de diputado propietario de la Asamblea Legislativa para la circunscripción territorial de San Salvador por el partido político Nuevas Ideas, otro partido político o como candidato no partidario, por el tiempo que dure este proceso.

Así también, ordena al Tribunal Supremo Electoral que las papeletas de votación sean impresas sin ningún dato o imagen identificativa del ciudadano Walter René Araujo Morales, a efectos de evitar que los electores incurran en error o confusión.

Y por último, ordena al Tribunal Supremo Electoral que adopte las decisiones y medidas necesarias para que el partido político Nuevas Ideas supla, de conformidad con la ley, la candidatura que quedará vacía a consecuencia de esta resolución, con el fin de permitirle que compita en igualdad de condiciones que el resto de partidos políticos ―esto es, con el mismo número de candidatos que ellos―.

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