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Sala de lo Constitucional ordena cesar efectos de la convocatoria a sesión extraordinaria realizada por el Consejo de Ministros

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Este día, la Sala de lo Constitucional admitió la demanda presentada para declarar inconstitucional la convocatoria realizada por el Consejo de Ministros para que lleve a cabo una sesión extraordinaria la Asamblea Legislativa.

En la demanda se alega la existencia de vicios de contenido al incurrir en violación de los artículos 87 y 16 ordinal 7 de la Constitución. La orden de convocatoria estipula en el punto cuatro de la sesión dos celebrada por el Consejo de Ministros, el día seis de febrero del dos mil veinte, por medio de la cual acuerdan convocar a la Asamblea Legislativa para que lleve a cabo una sesión extraordinaria el día nueve de febrero.

Dentro de la admisión se decretó como media cautelar ordenar al Consejo de Ministros el cese de los efectos de la convocatoria girada con propósito de una sesión extraordinaria a efecto que apruebe el préstamo a negociar con el Banco Centroamericano de Integración Económica para la implementación de la Fase III del Plan Control Territorial; así también, cualquier convocatoria relacionado con el tema.

Otra de las medidas cautelares que ordena la Sala de lo Constitucional es ordenar al Presidente de la República que se abstenga de hacer uso de la Fuerza Armada en actividades contrarias a los fines constitucionalmente establecidos y poner en riesgo la forma de gobierno republicano, democrático y representativo; a la vez, la separación de poderes.

Por último, ordena al Ministro de Defensa y al Director de la Policía Nacional Civil que no ejerzan funciones y actividades distintas a las que constitucionalmente y legalmente están obligados.

Lea la resolución completa: 

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