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Sala admite Hábeas Corpus sobre las medidas adoptadas en los centros penales
La Sala de lo Constitucional admitió la demanda de Hábeas Corpus presentada por la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA) y el Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA) sobre las medidas adoptadas contras las personas privadas de libertad en los centros penales de Izalco , Zacatecoluca, San Francisco Gotera, Quezaltepeque y Ciudad Barrios.
La Idhuca presentó demanda de Habeas Corpus por considerar que las medidas adoptadas en los Centros Penales son desproporcionales para las personas privadas de libertad y no tienen como fin la búsqueda de la rehabilitación, y además que las autoridades estatales no tienen más potestades que las expresamente reconocidas en la ley.
Al admitir la demanda la Sala nombró a uno de los Magistrados de la Cámara Tercera de lo Penal como juez ejecutor, quien deberá intimar al Presidente de la República, al Ministro de Justicia y Seguridad Pública y al Director General de Centros Penales para que se pronuncien sobre las vulneraciones constitucionales alegadas por la Idhuca.
Idhuca solicitó que se dicte como medida cautelar el cese de los efectos las acciones implementadas por las autoridades penitenciarias; medida aceptada por la Sala al ordenar suspender las medidas de máxima emergencia o el régimen penitenciario ordenadas por el Presidente de la República.
También ordenó la ejecución de un protocolo específico para la prevención y protección de las personas ante la Covid-19, para resguardar el derecho a la salud de los privados de libertad y del personal administrativo, sanitario y de seguridad que se encuentran en los centros penales mencionados.
Las autoridades aludidas deberán presentar un informe sobre la realización de esta medida cautelar, en plazo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la admisión.