Columnas DyN

Rescatar al consumidor sobreendeudado para la reactivación y crecimiento con equidad en El Salvador después del COVID-19

Publicado

el

Por: Gustavo Sandoval, asociado de la firma Oliva & Oliva. 

De acuerdo con la reciente ley aprobada por la Asamblea Legislativa de fecha 01 de abril de 2020, mediante el acuerdo #13 de la Comisión Financiera de dicho Órgano, los legisladores y con el voto de 62 participantes aprobarían la Ley Especial para Facilitar el Acceso al Crédito. Que en el supuesto de incentivar a todos aquellos ciudadanos que no pueden acceder a un crédito por carecer de ciertos requisitos establecidos por el sector financiero, a veces discrecionales, ha provocado que muchas personas socaven yendo a los llamados “usureros” que a pesar que existe un regulación para estos, pero dentro del sector informal esto no aplica, ya que muchas personas al verse acorraladas por la necesidad de liquidez, termina por aceptar las condiciones e intereses que esto aplican.  

Con la referida ley, dentro de sus considerandos mencionado, dice: «Que la economía ha venido mostrando por décadas problemas de crecimiento, que diferentes estudios sobre barreras de acceso al crédito indican las razones por las cuales es complejo que las instituciones supervisadas puedan ofrecer facilidades crediticias a emprendedores, micro y pequeños empresarios; alrededor de un setenta por ciento de la población enfrenta dificultades para acceder a financiamiento en instituciones supervisadas; Que el marco de regulación actual requiere de reformas que permitan atender las necesidades de crédito de esos sectores que son parte importante del tejido productivo de la economía».

Todo esto en verdad se vuelve necesario que exista una regulación, excelente, es aplaudible, pero hay que preguntarnos: ¿Es realmente esto lo que se necesita para reactivar la economía, y mas hoy después de que pase la pandemia COVID-19?, ¿Será esto una herramienta necesaria para evitar que muchos micro, pequeños, empresarios quiebren?, ¿Será de utilidad para todos aquellos que viven de un salario puedan acceder a un crédito, cuando ya muchos están sobre endeudados a causa y después de la pandemia COVID-19?

Siguiendo con el presente análisis, traigo a mención la Ley de Inclusión Financiera, que fue publicada mediante el D. O. N° 160 Tomo N° 408 Fecha: 3 de septiembre de 2015, la cual viene a implementar “Que es necesario que las instituciones del Estado promuevan la inclusión financiera”, la cual debería entenderse, para todas aquellas personas puedan acceder a los diferentes servicios sean estos personales o electrónicos simplificando los requisitos para ellos, tal como lo estipula el objeto de la ley, que dice: “…tiene por objeto propiciar la inclusión financiera, fomentar la competencia en el sistema financiero, así como reducir costos para los usuarios y clientes del referido sistema, estableciendo las regulaciones mínimas” y las menciona a continuación.

Pero vuelvo a insistir, ¿Qué necesitamos para rescatar la economía si solo pensamos en los que pueden acceder a estos métodos, pero los que no?

La presente idea la he escrito y pretendo que se aborde el problema del consumidor sobreendeudado, que está en un estado de insolvencia o cesación de pagos. Los primeros escalones son normalmente, el pago a cuenta de deudas, compromisos sobre su renta actual o futura que, aunque estén siendo abonados generan la caída en el nivel de vida, para terminar, desembocando finalmente –ahí sí- en la insolvencia y la cesación de pagos. 

Esta situación se genera cuando el consumidor seducido por las líneas de crédito y la consecuente publicidad llega a endeudarse a niveles que comprometen sus posibilidades de pago y, de esta forma, se configura un exceso de deuda en donde la responsabilidad de los dadores de crédito aparece configurada. Existe en nuestro país un nuevo estilo de vida consumista que propone la gratificación del presente versus la financiación futura y, por otra parte, se han modificado las bases económicas de los consumidores.

Ahora bien, cuando la persona advierte su nivel de endeudamiento que sobrepasa su capacidad económica, cae en la situación de crisis y la necesidad de reestructurar sus deudas. Acá es cuando inicia la pobreza y hambre. Cuando no hay mercado, no hay inversión. Donde no hay inversión, no hay empleo y donde no hay empleo empiezan las extorsiones, robos hurtos, prostitución, etc.., por consiguiente y como iniciativa de punto de atención es que se debe ayudar al saneamiento de la situación del consumidor sobreendeudado, y permitirle volver a niveles de vida dignos, lo que conlleva a estructurar y legislar el andamiaje legal en la dirección correcta para aportar a la reactivación y crecimiento con equidad que necesita nuestro país.

¿Qué herramientas le brinda nuestro ordenamiento para intentar solucionar sus problemas y a la vez subsistir dignamente?

Para el caso más inmediato, pongo como ejemplo los Estados Unidos, según estudios ellos manejan un modelo llamado fresh start o comienzo fresco, ellos ponen mucho énfasis que le ofrece al consumidor sobreendeudado tratar de recuperarlo cuanto antes y que este vuelva a la actividad económica y de consumo.  Bajo este sistema conlleva a que la sociedad sea beneficiada por la liberación de un deudor, que sobrevivió a su pasivo pendiente, insoluble e incobrable. Es decir, cuando un hombre honesto por mala suerte fracasa financieramente, la sociedad no gana nada, se mantiene hundido y sobre todo es perjudicial para los acreedores de este, ya que por su grado de insolvencia no puede este deudor satisfacer sus créditos y lo que genera un desfase en la cadena de productividad o movilidad económica para un país. Es acá donde se vuelve necesario que exista una ley como segunda oportunidad una defensa para el consumidor (concurso), una ley donde se le posibilite al deudor concursado volver a tener una segunda oportunidad, vuelva a tener la posibilidad de ser sujeto de crédito.

Allá por el año 2009 Los titulares de la Superintendencia del Sistema Financiero, Superintendencia de Competencia y Defensoría del Consumidor, presentaron un anteproyecto de Ley llamada Ley de Insolvencia Personal, esto era una antesala de un proyecto que venía en beneficio de esos deudores que se les era imposible solucionar financieramente sus deudas. Pero lastimosamente, nunca se le puso atención, ya que dentro de este cuerpo normativo existiría la posibilidad de proceder mediante juicios cortos “abreviados” en beneficio del deudor, y establecerse mediante este mecanismo un solución pronta y temprana al problema del sobreendeudamiento, evitando llegar a una insolvencia total.

En conclusión, la profunda crisis que atraviesa nuestro país, necesita remedios que principalmente protejan a los más perjudicados del sistema; los consumidores, las pymes, los emprendedores. El consumo del mercado interno está asociado íntimamente a las posibilidades de inversión y creación masiva de empleo. Para recuperar el consumo y recrear el mercado interno, se necesitan –entre otras cosas- herramientas legales que ayuden a respirar a esos sectores, ahogados financieramente por el actual esquema económico.

 

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil