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Repensando la Justicia civil salvadoreña en tiempos de COVID-19
Escrito por: Patricia Ivonne Inglés Aquino, Jueza Civil y Mercantil de San Salvador.
Los tiempos de crisis deben permitir a los seres humanos pensar en innovadoras maneras de sobrevivir. Esto no escapa al ámbito judicial cuyo mandato constitucional se basa entre otras cosas, en brindar una pronta y cumplida justicia, sobre todo porque los conflictos sociales continúan en la sociedad y se debe dar una respuesta. Solo pensemos en la cantidad de problemas en tema de arrendamiento, de falta de cumplimiento de contratos, de conflictos laborales y de insolvencia que esta crisis puede generar.
Ante esta realidad y el distanciamiento social y las reglas de aislamiento que han sido medidas para prevenir el contagio, urge pensar en una forma alternativa de brindar este servicio esencial en todas las áreas del derecho, pues no podemos negar que en otras materias judiciales consideradas esenciales como penal, familia, constitucional ,etc., hay “héroes de la Justicia” que no han paralizado ni un día sus labores, exponiendo sus vidas para continuar con el servicio a los ciudadanos. De hecho, Corte Plena ha continuado con sus funciones. Y aunque parte de nuestro trabajo también se está haciendo en nuestros hogares pues algunos proyectos se han traído a casa, eso no soluciona del todo el problema.
Para encontrar una solución en nuestro país debemos partir de una realidad y es que en la mayoría de áreas del derecho no están digitalizados los expedientes; hacerlo a la brevedad tampoco es una realidad por el exceso de volumen de los mismos, y muchas experiencias de reapertura de órganos judiciales han dependido de esta situación. No obstante, con los recursos que contamos se debe intentar un esfuerzo conjunto entre operadores del sistema y usuarios, para encontrar una solución conjunta y dialogada a esta crisis, pues debemos entender que esto afecta directamente a muchas empresas y abogados. Para tal fin, se debe analizar algunas ideas que solo son un pequeño punto de partida o de inicio para un verdadero debate acerca de cómo podemos solucionar esta problemática a la brevedad.
El uso de la tecnología parece indicar una parte de la respuesta, pero el liderazgo es esencial. En este punto debemos aclarar que no necesariamente debe hacerse un gasto enorme para conseguir resultados buenos, y el estado en esta época de crisis debe pensar más en el ahorro y en los recursos disponibles. Inclusive, también debería pensarse en apoyar estos proyectos, antes a empresas salvadoreñas que a otras, dada la situación que se está viviendo.
En todo caso, consideramos que se debe implementar un software que permita el teletrabajo en el órgano judicial y que se instale a la brevedad una «Receptora virtual de demandas y escritos», que permita a los abogados presentar sus escritos y demandas a través de un correo electrónico que se les proporcione por parte de la Corte Suprema de Justicia, y que ese software se encargue de repartir el trabajo a los jueces de forma telemática.
Esto implicará, claro, la creación de protocolos para ello, pues las reglas de firma y registro deben ser claras y brindar seguridad a los jueces y usuarios, ya que cada tribunal no puede inventar sus reglas y procedimientos y esto debe hacerse por cada materia. Debe dialogarse con los abogados sobre cómo conseguir que se inscriban en el registro respectivo y que todos estén conscientes que van a tener que incorporar la tecnología en sus despachos. Claro está, se debe abrir un espacio para aquellos que no tengan acceso a la tecnología para que también puedan acceder a los tribunales en la forma tradicional de manera que exista una dualidad de modelos que paulatinamente migrara a lo electrónico.
También, las reglas de notificación y emplazamiento deben reformularse permitiendo notificaciones por WhatsApp, por redes sociales en mensaje privado, llamada telefónica, etc., siempre claro, que las partes las autoricen, de manera que la notificación personal vaya siendo menor, por lo menos mientras dura esta pandemia. De todas maneras, los abogados al poseer un correo ante la Corte, en ese mismo sitio se podrán hacer las notificaciones. Las reglas de emplazamiento deberían ser objeto de una modificación legal, siempre y cuando se estén tomando en consideración, los grupos vulnerables que pueden no tener acceso a la tecnología y respetando los derechos humanos contenidos en la Constitución y tratados internacionales.
Se debe recordar que El Salvador aprobó la Ley de Firma electrónica y esto puede colaborar en la implementación de ese Plan de Justicia digital.
Obviamente se debe dotar a los jueces y al personal que no posea los recursos electrónicos necesarios para trabajar desde sus casas instalando el software adecuado para garantizar la seguridad y verificabilidad de las comunicaciones, para ello se debe crear el protocolo respectivo.
Cada Juez y secretario judicial debe contar con una VPN para conectarse a los servidores centrales de la Corte para que se envíe y reciba trabajo, así como con una firma y token para garantizar la autenticidad de sus firmas o en caso eso no pueda darse, por el momento podría bastar la firma escaneada, también este software debería facilitar poder comunicarse con el equipo de trabajo y recibir y entregar trabajo. Para ello, los emprendedores y desarrolladores locales de software pueden jugar un rol fundamental o las mismas oficinas de informática con las que ya cuenta la Corte Suprema de Justicia.
Para el tema de las audiencias también se debe crear un protocolo, pues al ser virtuales debe tenerse las indicaciones precisas de grabado y copia de seguridad y en lo posible, que sean grabadas al mismo tiempo por las oficinas centrales de la Corte Suprema para resguardo. He presenciado últimamente reuniones en plataformas que se han suspendido o han sido interrumpidas cuando se comparten las contraseñas de manera pública. Estas podrían subirse posteriormente a la nube y compartir con los abogados los links respectivos para efectos de apelación. Las audiencias en segunda instancia debería hacerse de la misma manera. Ello implica un orden pues no es posible que cada juez ocupe la tecnología que mejor le parezca creando en realidad un desorden.
Para ejecutar este plan, la capacitación de los juzgadores y usuarios es esencial, pues en poco tiempo debemos adaptarnos a nuevas realidades. Inclusive, se puede habilitar algunas oficinas judiciales para grabar algunas audiencias cuando lo ameriten. Hablamos de repensar la inmediación e incluso, analizar que puede ser virtual sin violar derechos y garantías fundamentales, de todas maneras, hoy por hoy, cuando en apelación se revisa temas relativos a la prueba lo que se ven los videos y no se repite la prueba que se ventilo en primera instancia.
También será necesario crear un listado nacional de correos de abogados y proporcionarles un mecanismo de autenticación, para acceder al uso de este sistema y además deberá establecerse convenios con otras entidades del estado para que las comunicaciones sean electrónicas. Así los informes registrales, de búsqueda de direcciones de demandados ausentes como el ISSS, RNPN, se obtendrían con rapidez.
En ese sentido un posible Plan de emergencia que sería un posible adelanto de un Plan Nacional de Justicia Digital para la justicia civil, podría pasar por las siguientes fases:
Fase I. Depuración del trabajo pendiente mediante turnos con notificación absolutamente electrónica de expedientes
En esta primera fase sería intentar sacar el trabajo pendiente mientras se crea el software respectivo y se proporcionan los lineamientos de trabajo. Esto implicará una autorización de las autoridades de salud y la creación de un protocolo para retirada y entrega de trabajo con el mínimo de personal posible y por medio de turnos tratando de guardar el distanciamiento social respectivo. Esto implica la creación de un protocolo de bioseguridad para el órgano judicial. En esta fase podrían intentar señalarse algunas audiencias virtuales, pero en realidad es necesario contar con un protocolo para ello. La tramitación de los expedientes que se iniciaron escritos tendría que continuar de esa manera pero las notificaciones deberían de ser de forma electrónica, y también la recepción de escritos en lo posible. Esto para evitar gran cantidad de usuarios en los tribunales y por la dificultad que implica escanear una gran cantidad de expedientes y a lo mejor, solamente el escaneo sería excepcional para casos que tengan audiencias o que los abogados justifiquen la necesidad de escaneo de determinados folios. También debe revisarse el marco legal existente para proponer las reformas legales que sean necesarias.
Fase II. Elaboración de un Plan de emergencia con el diálogo de los usuarios y operadores del sistema
Esto implicará un diálogo acerca de las acciones a seguir y la implementación de canales de comunicación con las asociaciones de abogados, y usuarios más frecuentes, etc. La idea es conseguir la mayor cantidad de aportes para elaborar un plan consensuado y que no resulte excesivamente oneroso para el estado. Acá, las oficinas que vigilan los sistemas administrativos e informáticos de la corte jugarán un rol crucial, pues este es un tema no solo jurídico sino principalmente administrativo, pues es un cambio de gestión. En esta fase se debe decidir el software a utilizar y la forma en que los abogados se incorporarán a la base de datos de la CSJ para presentar demandas y escritos. Para todo esto se debe elaborar los protocolos respectivos. En esta fase debería de crearse el protocolo de realización de audiencias virtuales y de utilización del sistema respecto al manejo del expediente electrónico. También analizar los instructivos y circulares que al respecto se deben dictar.
Fase III. Divulgación y capacitación a operadores y usuarios en forma de videoconferencias
Esta fase comprende hacer las comunicaciones a todos los operadores, usuarios y ciudadanos de cómo va a operar el nuevo sistema de gestión judicial, a través de los medios de comunicación institucional y otros. En el sitio web de la Corte Suprema de Justicia se puede insertar el calendario de audiencias programadas, tutoriales para la recepción de escritos y demandas, así como el calendario de capacitaciones virtuales donde el Consejo Nacional de la Judicatura y la Unidad Técnica del Sector Justicia pueden jugar un rol fundamental.
Fase IV. Tramitación de nuevos procesos en su totalidad de forma telemática y realización virtual de audiencias, así como protocolos de los actos de comunicación
En esta fase que se puede pensar en el mediano plazo, todos los nuevos procesos se tramitarán en forma electrónica íntegramente y las comunicaciones en lo posible se harían de la misma manera.
Fase V. Normalización del servicio
En esta etapa se espera normalizar la tramitación de expedientes y realización con normalidad de audiencias.
Conclusión:
Todas estas ideas se realizan pensando en que esta pandemia puede durar más de lo esperado y es necesario plantearnos esa posibilidad. Hay tecnologías incluso más innovadoras usando inteligencia artificial, pero el buen uso de estas, depende de tener reglas éticas claras para su implementación y tomando en consideración siempre al humano como el fin del estado. Hay incluso ideas de socializar la justicia hacia otros entes, pero eso puede acabar totalmente con el estado de derecho que tanto le ha costado a la humanidad. Por eso creo que lo mejor es modernizar la justicia civil, hacerla más eficiente, recordar que el estado de derecho no se contagia de Covid-19 y por ende, jamás puede estar en cuarentena. Que esta enfermedad puede encerrarnos físicamente, pero que las ideas no tienen encierro, y que nada de lo expresado se encuentra escrito en piedra, es necesario reflexionar y más que criticar proponer soluciones pues la continuidad del sistema de justicia es responsabilidad de todos.