Legal
Regulan multas por arrojar basura a la vía pública
La Comisión de Medio Ambiente de la Asamblea Legislativa aprobó reformar el artículo 98 de la Ley de Medio Ambiente, con el fin de incorporar faltas administrativas para sancionar a las personas que arrojen desperdicios, con un peso inferior a dos libras, en sitios inadecuados.
Las enmiendas contemplan imponer una sanción de $20 a quienes arrojen un peso inferior a dos libras de desperdicios en sitios inadecuados. Si la multa es cancelada en un plazo máximo de 10 días el monto se reducirá al 50 %.
A partir de los 10 días a los seis meses, a la multa no pagada se le incrementará el 50 % de su valor cada mes. De los 6 meses a 1 año, a la multa no pagada se le incrementará 75 % de su valor mensual.
Las reforma establece que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establecen que se ha cometido «contaminación ambiental», al probar la afectación al ecosistema, las personas señaladas deberán pagar una multa del 100 %. Si no la cancelan en el lapso de un año tampoco podrá salir del país, ni tramitar la solvencia policial ni del fisco.
La institución encargada de regular y supervisar que se cumpla la normativa será el Ministerio de Medio Ambiente, que tramitará los procesos administrativos sancionatorios. Además, será la Policía Nacional Civil (PNC) la que impondrá las multas, detalló el parlamentario Rodrigo Ayala, quien propuso los dos proyectos de reforma.