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Reglamento de Compras Públicas entra en vigor

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El pasado 25 de enero, fue publicado el reglamento de la Ley de Compras Públicas en el Diario Oficial del 18 de enero. Este reglamento establece disposiciones destinadas a desarrollar las nuevas figuras legales creadas por la normativa general para las adquisiones públicas.

Una de las disposiciones fundamentales del reglamento es la regulación del Registro Único de Proveedores, que ahora exige la certificación anti soborno y la designación de un oficial de cumplimiento para todas las entidades que manejen fondos públicos, sean estas públicas, privadas o mixtas.

Además, el reglamento aborda detalladamente la Planificación Anual de Compras, regulando su contenido y estableciendo criterios precisos para su modificación. Esta medida busca fomentar una gestión más planificada y eficiente de los recursos públicos.

Entre otras disposiciones relevantes, se contempla la regulación de la participación conjunta de oferentes, sondeos de mercado previos a cada proceso, precalificación de oferentes, un procedimiento especial para casos de imposibilidad de ejecución de comparación de precios, y el establecimiento de contenido mínimo para actas de recepción y contratos.

Asimismo, el reglamento cubre el desarrollo de métodos y procedimientos especiales, así como el funcionamiento del Tribunal de Apelaciones en el ámbito de las compras públicas. Este conjunto de disposiciones busca fortalecer la transparencia y eficacia en los procesos de adquisición del Estado, garantizando un uso adecuado de los recursos públicos y promoviendo la igualdad de oportunidades para los proveedores.

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