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Reforma flexibiliza modalidades de implementación de los CAPI y amplía plazos

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La Comisión de Familia de la Asamblea Legislativa ha aprobado reformas a la Ley Crecer Juntos, redefiniendo las modalidades de atención a la primera infancia y extendiendo los plazos para su implementación. La medida representa un cambio en la obligación de los patronos públicos y privados de proporcionar atención integral a los hijos de sus trabajadores.

La reforma permitirá a los patronos públicos y privados optar por pagar el costo de la atención de los hijos en edad de primera infancia de sus trabajadores en lugar de la instalación obligatoria de Centros de Atención a la Primera Infancia (CAPI).

Esta nueva modalidad, incorporada en el artículo 137 de la ley, ofrece a los empleados la posibilidad de recibir un beneficio económico equivalente al costo promedio de los servicios de un CAPI autorizado y seleccionado según sus preferencias educativas y valores. La medida busca brindar a los padres mayor flexibilidad para elegir la forma en que desean que sus hijos reciban atención integral durante la primera infancia.

La reforma también extiende los plazos para que el Estado, las municipalidades y las empresas privadas cumplan con la obligación de proveer atención integral a la primera infancia a través de los CAPI. Según la modificación al inciso tercero del artículo 300, los plazos se extienden de 18 a 24 meses, dependiendo de la entidad correspondiente. Además, se otorga un plazo de 12 meses a las guarderías existentes para tramitar su autorización.

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