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Reforma al reglamento de tránsito relativa a los choques aún no entra en vigor

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El viernes nueve de febrero fue publicado en el Diario Oficial el correspondiente al 31 de enero, en esta fue publicada la reforma al Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial en lo relativo a qué hacer en el caso de un accidente de tránsito. Según el propio decreto la reforma entrará en vigor ocho días luego de su publicación.

La modificación, focalizada en el artículo 176, establece nuevas pautas para abordar casos de accidentes con daños materiales.

Según la actualización, cuando un accidente solo cause daños materiales, los conductores involucrados deberán mover sus vehículos de las posiciones originales para evitar obstrucciones en la vía pública. Para cumplir con esta disposición, se proporcionaron los siguientes pasos:

  1. Captura de fotografías o videos de los laterales, parte frontal y trasera del vehículo.
  2. Traslado del vehículo a un lugar que no afecte la circulación del tráfico.
  3. En caso de contar con seguro, se recomienda contactar a la aseguradora. Si no se llega a un acuerdo, se insta a comunicarse con la PNC.

Los conductores que se nieguen a mover sus vehículos y, por ende, obstaculicen el tránsito, enfrentarán sanciones establecidas por la ley, incluyendo una multa de $57.14.

Estas medidas buscan agilizar la respuesta ante incidentes viales y garantizar la fluidez en las carreteras del país.

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