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Reforma al Impuesto sobre la Renta ya está en vigor con nuevo monto exento de $550 mensuales

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La reciente reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) que eleva a $550 mensuales el monto exento de retención ya está en vigor desde el pasado jueves 8 de mayo de 2025, ocho días después de su publicación oficial en el Diario Oficial del 30 de abril, fecha en la que también fue aprobada por la Asamblea Legislativa.
Aunque la reforma fue publicada el mismo día de su aprobación, la edición correspondiente del Diario Oficial fue divulgada públicamente hasta el 14 de mayo a través del sitio web oficial de la Imprenta Nacional, lo que generó cierta incertidumbre entre contribuyentes y profesionales del área fiscal.

Cambios clave en las tablas de retención
Ese mismo 30 de abril, el Ministerio de Hacienda aprobó el Decreto N.º 10, que contiene las nuevas tablas de retención que deben aplicarse a los salarios de los trabajadores, conforme a la modificación legal. Estos valores son elaborados por la cartera fiscal y deben contar con la aprobación del presidente de la República, en cumplimiento del artículo 65 de la Ley del ISR.
La reforma modifica exclusivamente los montos de ingreso de los dos primeros tramos, sin alterar los porcentajes ni las cuotas fijas de retención. A partir de ahora, quienes perciban hasta $550 mensuales estarán exentos del impuesto, lo que representa un aumento frente al límite anterior de $472 mensuales.
El segundo tramo de ingresos también fue ajustado y abarca ahora desde $550.01 hasta $895.24 mensuales. Para este grupo se aplicará una retención del 10 % sobre el exceso de $550, más una cuota fija de $17.67.
Los tramos superiores permanecen sin cambios:

  • De $895.25 a $2,038.10 mensuales, se retiene el 20 % sobre el exceso de $895.24, más una cuota fija de $60.
  • Para ingresos mensuales superiores a $2,038.11, la retención será del 30 % sobre el exceso de $2,038.10, sumado a una cuota fija de $288.57.
    En cuanto a las exenciones parciales, se establece que no habrá retención para ingresos quincenales de hasta $275 y semanales de hasta $137.50.

Ajustes en el recálculo semestral y anual
El decreto también establece tablas de recálculo para retenciones acumuladas. Para el cálculo a junio (seis meses), el primer tramo exento será de $0.01 a $3,300, mientras que el segundo tramo, de $3,300.01 a $5,371.44, aplicará una retención del 10 % sobre el exceso de $3,300, más una cuota fija de $106.20.
En el caso del recálculo a diciembre (12 meses), el tramo exento alcanza los $6,600. A partir de $6,600.01 hasta $10,742.86, se aplicará una retención del 10 % sobre el exceso de $6,600, sumado a una cuota fija de $212.12.

Modernización de procesos fiscales
Como parte de esta reforma, el decreto de Hacienda instruye que las personas naturales domiciliadas en el país que hayan sido objeto de retención deberán presentar sus declaraciones de ISR exclusivamente en línea. Para ello, deberán utilizar los aplicativos informáticos habilitados por la Dirección General de Impuestos Internos en el portal del Ministerio de Hacienda.
La actualización sustituye las tablas de retención vigentes desde 2015, implementadas durante el gobierno de Salvador Sánchez Cerén, y marca un paso hacia la modernización y digitalización de la administración tributaria en El Salvador.
La reforma busca aliviar la carga fiscal sobre los trabajadores de menores ingresos y adecuar las tablas de retención a la realidad económica actual, sin afectar la estructura tributaria general del impuesto.

Con información de diario El Mundo

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