Economía

¿Quiénes podrían solicitar ampararse a la amnistía fiscal ante la DGII?

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Presidencia de la República, por medio del ministro de Hacienda, presentó a la Asamblea Legislativa una iniciativa de ley para crear un nuevo período de amnistía fiscal hasta el 21 de agosto, la última amnistía fiscal se realizó el año pasado comenzando el 27 de enero y concluyendo el 31 de diciembre.

Según la normativa los sujetos pasivos obligados al pago de tributos, bajo competencia de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), podrán acogerse a los beneficios de la amnistía fiscal en los casos que hayan presentado sus declaraciones tributadas y no hayan pagado el impuesto liquidado en ellas.

Así también, cuando no hayan presentado una o más declaraciones tributadas, sin estar obligados al pago del tributo respectivo, o bien, que no obstante, no haber cumplido con la obligación formal de presentar la declaración, el mismo ya se hubiera pagado.

O en el que caso que no hayan presentado una o más declaraciones tributarias y no hayan pagado el tributo respectivo, no obstante haber realizado operaciones sujetas al pago del mismo, incluido el Impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces.

También se regulan los casos en los que se hayan presentado declaraciones tributarias, reflejando cero valores y no hayan pagado el tributo respectivo, aun habiendo realizado operaciones sujetas al pago de este, o que hayan presentado declaraciones tributarias, reflejando saldos a favor, en una cuantía superior a la que legalmente correspondía.

En los casos que ya se encuentre en proceso de fiscalización también podrá acogerse a la amnistía fiscal o que se encuentren en el proceso de Audiencia y Apertura a Pruebas ante la Administración Tributaria, o, que habiendo finalizado el proceso de audiencia y apertura a pruebas se encuentre en proceso de tasación de tributos y/o multas y no se haya notificado aún la resolución respectiva.

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