Legal
Publican Ley para la Prevención, Control y Atención de los Pacientes con Cáncer
Ayer fue publicado el Diario Oficial correspondiente al 25 de mayo, dicho ejemplar contiene la Ley para la Prevención, Control y Atención de los Pacientes con Cáncer, según el documento aprobado la normativa entrará en vigencia ocho días después de publicación en el diario oficial.
Este cuerpo normativo da paso a la organización de la Red Nacional de Atención del Cáncer y la creación del Banco Nacional de Medicamentos e Insumos Oncológicos.
A esta red le correspondería, recibir y canalizar adecuadamente -sin importar su procedencia- a todo paciente que sea referido por una sospecha, diagnóstico y tratamiento de cáncer, quien deberá ser atendido de acuerdo con el criterio de referencia facultativo.
La normativa establece como obligación para el Ministerio de Salud la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas, programas y acciones destinados a la prevención, detección y diagnóstico temprano, tratamiento oportuno, cuidados paliativos y rehabilitación del cáncer en cualquiera de sus manifestaciones, formas o denominaciones que propicie la reducción en la morbilidad y mortalidad.
Según este cuerpo normativo, será el Ministerio de Salud el ente rector y deberá actualizar la Política Nacional de Salud, organizar la Red Nacional de Atención al Cáncer, elaborar el Programa Nacional para la prevención, detección y diagnóstico temprano, tratamiento oportuno, cuidados paliativos y rehabilitación de esta enfermedad; así como elaborar.
Así también, actualizar el «Registro Nacional del Cáncer», lo que permitiría conocer la incidencia, la prevalencia, la morbilidad y mortalidad de este padecimiento en el país.
Según la nueva ley, será el MINSAL, en coordinación con el Sistema Nacional Integrado de Salud, el responsable de crear el Banco Nacional de Medicamentos e Insumos Oncológicos, mismos que serán utilizados para el diagnóstico y tratamiento de las personas con cáncer.