Judicial
Próxima semana entra en vigencia aumento de cuantía mínima en la jurisdicción laboral
Luego que se publicará el 20 de marzo el Diario Oficial que contiene la reforma al críterio de cuantía para desarrollar los procesos laborales, ya sea en juicio ordinario o abreviado, esta entrará en vigencia ocho días luego de su publicación.
Con la reforma, el mínimo para el proceso común será de tres salarios mínimos del sector servicio y comercio ($1,095), menores a esta cantidad deberá desarrollarse en proceso abreviado.
Antes de la reforma el monto de la cuantía que determina si un caso se ve por la vía abreviada o regular, la cuota actual es de 200 colones ($22.86). Las reformas se realizaron en los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo.
Las reformas establecen una modificación en la cuantía que sirve como criterio de competencia para determinar el tipo de proceso que deberá seguirse, entre abreviado y ordinario. En la normativa actual, el monto mínimo para un juicio ordinario laboral es 200 colones ($22.87).
Para determinar la cuantía del proceso, el Código de Trabajo regula que esta se determinará por la suma total de lo reclamado en la demanda; sin embargo, no se incluirá a la suma los salarios caídos, ni las remuneraciones por vacaciones o aguinaldos proporcionales
También se establece una multa de un salario mínimo mensual al juez que ventile un reclamo de menos a tres salarios mínimos en un proceso común.
Dentro del proceso abreviado, luego del término probatorio, se establecen tres días hábiles al juzgado para pronunciar sentencia y notificarla dentro de cinco días hábiles. Incumplir los plazos conllevará a aplicar al tribunal una multa de un salario mínimo diario por cada día de retraso.