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Próxima semana entra en vigencia aumento de cuantía mínima en la jurisdicción laboral

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Luego que se publicará el 20 de marzo el Diario Oficial que contiene la reforma al críterio de cuantía para desarrollar los procesos laborales, ya sea en juicio ordinario o abreviado, esta entrará en vigencia ocho días luego de su publicación.

Con la reforma, el mínimo para el proceso común será de tres salarios mínimos del sector servicio y comercio ($1,095), menores a esta cantidad deberá desarrollarse en proceso abreviado.

Antes de la reforma el monto de la cuantía que determina si un caso se ve por la vía abreviada o regular, la cuota actual es de 200 colones ($22.86). Las reformas se realizaron en los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo.

Las reformas establecen una modificación en la cuantía que sirve como criterio de competencia para determinar el tipo de proceso que deberá seguirse, entre abreviado y ordinario.  En la normativa actual, el monto mínimo para un juicio ordinario laboral es 200 colones ($22.87).

Para determinar la cuantía del proceso, el Código de Trabajo regula que esta se determinará por la suma total de lo reclamado en la demanda; sin embargo, no se incluirá a la suma los salarios caídos, ni las remuneraciones por vacaciones o aguinaldos proporcionales

También se establece una multa de un salario mínimo mensual al juez que ventile un reclamo de menos a tres salarios mínimos en un proceso común.

Dentro del proceso abreviado, luego del término probatorio, se establecen tres días hábiles al juzgado para pronunciar sentencia y notificarla dentro de cinco días hábiles. Incumplir los plazos conllevará a aplicar al tribunal una multa de un salario mínimo diario por cada día de retraso.

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