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Prorrogan entrada en vigencia de Ley de Superintendencia Sanitaria hasta agosto
Presidencia sancionó la extensión al plazo para la entrada en vigencia de la Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria hasta el nueve de agosto de dos mil veinticuatro, con su publicación en el Diario Oficial del 23 de marzo.
Esta decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar una transición efectiva y preparar adecuadamente la transferencia de actividades, competencias, funciones y atribuciones hacia la Superintendencia, así como en optimizar su conformación para ejercer plenamente la regulación prevista.
La nueva normativa establece la creación de la Superintendencia Sanitaria como una entidad autónoma en términos financieros y administrativos, encargada de gestionar el registro sanitario de productos, autorizar su comercialización y garantizar su seguridad y calidad.
La Superintendencia contará con diversas intendencias especializadas, encargadas de supervisar aspectos específicos relacionados con la regulación sanitaria, como la de Productos Farmacéuticos y Afines, la de Alimentos, Bebidas y Productos Afines, y la Agropecuaria y de Vigilancia.
La legislación también prevé la transferencia de activos desde instituciones como la Dirección Nacional de Medicamentos, el Consejo Superior de Salud Pública, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura y Ganadería hacia la Superintendencia, con el fin de asegurar una transición fluida en la supervisión y regulación de los productos sanitarios.
Además, se derogan ciertos artículos de la Ley de Medicamentos relacionados con la creación, atribuciones y estructura de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM), que serán asumidas por la Superintendencia, junto con otras entidades competentes en el ámbito de la regulación sanitaria.