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Proponen suspender requisitos para solicitar anticipo de los ahorros en los fondos de las AFP

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El diputado Damián Alegría (FMLN) promovió una pieza de correspondencia, en compañía de miembros de la Organización Acción Solidaria, en la cual solicitan que se emita un Decreto transitorio que deje sin efecto por un año el artículo 110 de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, para que no existan condiciones de edad, ni tiempo para retirar los fondos de las AFP.

El decreto afectaría el procedimiento para el retiro de hasta el 50% de los ahorros en el fondo de pensiones, esto ante la crisis económica generada a partir del Estado de Emergencia Nacional por la pandemia del Covid-19 se explica en la iniciativa de ley.

De acuerdo a los peticionarios, la propuesta de reforma va encaminada con el “único propósito que no haya condiciones de edad, ni de tiempo de cotización para que les permita retirar sus fondos de las AFP”, explicó el legislador.

Según lo estipulado en el artículo 110-A vigente, los afiliados podrán acceder anticipadamente hasta un máximo del veinticinco por ciento del saldo de su cuenta individual, previo a la fecha de cumplimiento del requisito de edad y solicitarlo cuando se haya alcanzado al menos diez años de cotizaciones de forma continua o discontinua, en el Sistema de Ahorro para Pensiones.

Ante tal regla, los mocionantes proponen que “todos los afiliados que registren cotizaciones de forma continua o descontinua, en el Fondo de Pensiones, podrán acceder anticipadamente al saldo de su cuenta individual de Ahorro para Pensiones, pudiendo solicitar hasta un máximo del 50% de su saldo, en función de hacer frente a las necesidades generadas ante la crisis sanitaria”. 

Lo que se busca es «que permitan a la población obtener fondos de sus ahorro de pensiones para aminorar el grave impacto de la crisis económica generada por el COVID-19, que ha dejado a muchos salvadoreños/as desempleados», explicó el diputado Damián Alegría.

Se formula además que, los afiliados que hagan uso de los retiros hasta del 50% de sus ahorros quedan exentos de cualquier tipo de interés y el cotizante no estará obligado a devolver dicho anticipo, no obstante este podrá optar a la devolución del monto retirado o diferir el goce del beneficio por vejez.

Rolando Araujo, de Acción Solidaria de Cotizantes de las AFP, manifestó que «hay personas desempleadas, de las cuales muchas están por perder sus viviendas porque no tienen como pagarlas, padres de familia que necesitan dar sustento a sus hijos».

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