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Proponen regular tratamiento judicial de la evidencia digital

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La Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa presentó una pieza de correspondencia en el sentido de reformar el artículo adicionar al Código Procesal Penal, en el sentido de fortalecer la regulación concerniente al aseguramiento, obtención y resguardo de la información electrónica constitutiva de delito o relevante para la investigación de un delito.

Entre las reformas está la regulación de la incorporación y producción de la evidencia digital en los procesos judiciales, entre estos están los mensajes electrónicos, imágenes, videos, datos y cualquier tipo de información que sea almacenada, recibida o transmitida a través de cualquier dispositivo electrónico.

A consideración del anteproyecto, la iniciativa fue presentada debido no hay reglas específicas para la incautación de la evidencia digital, el ofrecimiento, la admisión y la producción en el proceso penal, lo que impide que pueda usarse adecuadamente.

«En la actualidad se han identificado una diversidad de conductas que pueden cometerse a través del abuso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, que dejan rastros de su cometimiento por medio de información electrónica, conocida como evidencia digital, la cual no cuenta con reglas específicas para su incautación, ofrecimiento, admisión y producción en el proceso penal, lo que ocasiona con frecuencia que no sea utilizada adecuadamente», se lee en el anteproyecto.

Según las reformas, será obligatorio la participación de un perito informático que haya intervenido en la obtención, resguardo o almacenamiento de la información.  La de evidencia digital será confiscada por la Policía Nacional Civil y la Fiscalía General de la República.

Asimismo, durante la investigación de un hecho delictivo se podrá ordenar la realización de operaciones encubiertas digitales, las cuales serán autorizadas por el Ministerio Público y las realizarán los agentes de la Policía. 

Ambas instituciones podrán suscribir acuerdos con entes públicos o privados, con sede en otros países, que le permitan recibir y documentar noticias criminales del cometimiento de delitos informáticos.

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