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Presidente veta prohibición de compra de islas e islotes a extranjeros
El presidente de la República, Salvador Sánchez Cerén vetó el Decreto Legislativo 105 aprobado por la Asamblea Legislativa, que establecía una reforma al Código Civil prohibiendo la venta de la islas e islotes a extranjeros, por considerarlo inconstitucional.
El decreto creaba el artículo 574-A regulaba que los territorios insulares únicamente podrían ser adquiridos por salvadoreños por nacimiento, por sociedades integradas en su totalidad por socios salvadoreños por nacimientos y por las instituciones del Estado. Como excepción, la Asamblea Legislativa sería el único medio que podría aprobar el derecho a los extranjeros de adquirir territorios insulares, por medio de la mayoría calificada, es decir, 56 votos.
¿Cuáles son las razones del veto?
- Violación al principio de igualdad
El Presidente establece que la reforma incorpora a la normativa un trato diferenciado para la transferencia de la propiedad en razón de la nacionalidad; lo que significa franca contradicción con el derecho de igualdad regulado en el artículo 3 de la Constitución, ya que establece restricciones para el goce de derechos fundamentales en razón de la nacionalidad de la persona.
«La única regulación constitucional relativa a limitaciones para el acceso a la propiedad inmueble por parte de personas de nacionalidad extranjera, se encuentra establecida en el artículo 109 de la Constitución», determina el veto.
Sánchez Cerén sostiene que la Asamblea Legislativa está creando nuevos parámetros para la venta de inmuebles propiedad del Estado o de particulares, distintos a los establecidos en la Constitución.
“…El suscrito considera que a través del Decreto aprobado por la honorable Asamblea Legislativa se está fijando un nuevo límite al derecho de propiedad, pública o privada, por parte de los extranjeros, trastocando la regla ya establecida en la Constitución de la República, al permitir su acceso solamente a personas salvadoreñas de nacimiento, excluyendo a las personas extranjeras”, se lee en el veto.
- Falta de razonabilidad a las restricciones de acceso a la propiedad
El veto determina que la reforma no tiene como fundamento razones jurídicamente válidas, «la transferencia del dominio de un bien a cualquier título a personas extranjeras, no conlleva per se la reducción del territorio de la República, mucho menos la pérdida de su soberanía, puesto que, de ser así, se llegaría a la conclusión que en razón de cada venta de inmuebles de los señalados en el mismo decreto, se estaría reduciendo el territorio nacional», señala.
El Presidente explica que si bien es cierto el ordenamiento jurídico permite tratamientos diferenciados a extranjeros, estos deber ser razonables y estar debidamente justificados. «Por lo antes expuesto, el proyecto es inconstitucional, ya que, además de establecer una restricción indebida al ejercicio de un derecho, restricción configurada de manera diferente a los límites ya previstos en la Constitución de la República, adicionalmente carece de razonabilidad, ya que, los argumentos planteados en el proyecto, adolecen de base técnica», señala.
- Violación al derecho a la libre disposición de los bienes, el derecho a la libre contratación y al régimen de la propiedad privada en función social
Como último punto, el veto sostiene que la Asamblea Legislativa ha excedido sus atribuciones, al pretender crear una norma secundaria que le otorga la facultad a sí misma de autorizar transferencias de dominio entre particulares e interferir con el régimen de propiedad privada en función social.
«La reforma (…) abre la puerta al intervencionismo estatal en régimen de propiedad de la tierra, el cual descansa en el reconocimiento expreso de dicho régimen de propiedad privada en función social», concluyó el presidente.
Consulte el veto presidencial completo:
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