Legal
Presentan paquete de reformas para agregar exclusiones al impuesto sobre la renta
La Encargada de Despacho designada por el presidente de la República, a través del viceministro de Hacienda, Encargado del Despacho Ministerial, ha presentado una iniciativa para reformar la Ley de Impuesto sobre la Renta.
El objetivo principal es incentivar la inversión nacional y extranjera, especialmente en el sector financiero, abordando las cargas administrativas y tributarias que afectan los movimientos de capitales internacionales con destino a El Salvador.
Se propone modificar el artículo 3 de la Ley de Impuesto sobre la Renta para incorporar un nuevo numeral que excluya del concepto de renta ciertos valores recibidos en cualquier concepto, así como cualquier movimiento de capital, remuneración o emolumento, generado por la inversión de capital nacional o extranjero. Esta inclusión busca eliminar cargas tributarias que desincentivan la inversión.
Se introduce el concepto de «entidad calificada», definiéndola como aquella que posee una sustancia económica adecuada en territorio salvadoreño durante el periodo o ejercicio de imposición respectivo. La entidad calificada será determinada respecto de cada renta gravada originada en bienes situados o derechos utilizados económicamente fuera del territorio nacional.
Las condiciones para considerar que una entidad multinacional tiene una adecuada sustancia económica incluyen emplear talento humano acorde, tomar decisiones estratégicas y soportar riesgos en territorio nacional, e incurrir en gastos y costos deducibles en El Salvador. Se establece que se puede cumplir con estas condiciones aunque la actividad sea desarrollada por terceros bajo supervisión de la entidad en territorio nacional.
Se reforma el artículo 14-A, gravando con un impuesto del diez por ciento las utilidades, dividendos, premios, intereses y otros beneficios obtenidos por personas naturales domiciliadas en inversiones de títulos valores. Estas rentas estarán sujetas a retenciones y constituirán pago definitivo del impuesto si se han efectuado las retenciones correspondientes.