Economía

Presentan guía para tratamiento contable del bitcoin

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El Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría ( CVPCPA ) presentó la guía para el tratamiento de los efectos contables resultantes de la aplicación de la Ley Bitcoin en El Salvador.

Según Ricardo Araniva, socio de Grant Thornton El Salvador, existen tres puntos relevantes en la guía presentada por el CVPCPA, el bitcoin y las criptomonedas no son catalogadas como efectivo, y estas deben registrarse como Activo Circulante; «si se controla y tiene con la intención de usarse como medio de pago».

Y en el caso en el que se tenga el control del bitcoin y la intención es para operaciones “Trading”, se deberá registrar como Activo No Corriente

El Consejo es el ente rector de la profesión contable en El Salvador y con base a lo establecido en el artículo 36 literales “h, i” de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría y en concordancia al artículo 444 del Código de Comercio, tiene la facultad para la creación de la guía.

La ley otorga la competencia al ente para determinar los principios conforme a los cuales, deberán los comerciantes llevar su contabilidad y establecer criterios de valoración de activos, pasivos y constitución de provisiones y reservas.

Así como, aprobar los principios de contabilidad y las normas de auditoría internacionalmente aceptados, inclusive financieros, cuando la Ley no haya dispuesto de manera expresa sobre ellas

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