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Declaran improcedente demanda de amparo contra elecciones de candidatos a magistrados

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La Sala de lo Constitucional declaró improcedente la demanda de amparo en contra de la convocatoria y el procedimiento de elección de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia y consejales del Consejo Nacional de la Judicatura realizado por la Junta Directiva de la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador.

La demanda fue presentada por las asociaciones de abogados ADESAL, ASAJUDEM y abogados independientes al considerar que la convocatoria realizada no está conforme a la normativa, «… ya que se realizo a través de las redes sociales, las redes sociales no son un medio confiable para convocar a elecciones para un órgano del Estado», expreso Mauricio Santamaría, presidente de ADESAL.

Otro de los argumentos fue que la junta directiva de la FEDAES no está inscrita en el registro de fundaciones sin fines de lucro del Ministerio de Gobernación. Agregaron que no cuentan con personería jurídica y sus actos son nulos.

La Sala resolvió que determinar la legalidad de las actuaciones del órgano directivo de la Federación no constituye una potestad conferida a la Sala, dado que, efectuar un análisis relativo a la interpretación y aplicación de la normativa secundaria y los estatutos de la entidad no le corresponden.

La Sala de lo Constitucional consideró que los argumentos no evidencian agravios de trascendencia constitucional sino que se fundamentan es aspectos de mera legalidad y en hechos inciertos y eventuales cuya producción es indeterminable.

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