Legal

¿Por qué se ha prorrogado la ley de salas cuna?

Publicado

el

Por tercera vez, desde su aprobación, la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los Hijos de los Trabajadores ha sufrido dos prorrogas para su entrada en vigencia, ¿por qué ha sido necesario prorrogar la normativa?

Aunque la normativa se aprobó el 31 de mayo del año 2018 y debía entrar en vigencia 24 meses después, es decir, en junio del 2020; sin embargo, hasta fecha la normativa ha sido prorrogada en dos ocasiones, con la nueva prórroga entraría en vigencia hasta el 1 de julio de 2022.

La primera prórroga, aprobada con 67 votos, extendía la espera para la normativa hasta el 1 de enero de 2021, y fue aprobada a solicitud del Consejo Superior del Trabajo argumentando la necesidad de más tiempo para su implementación, dado que, las instituciones públicas y privadas no tenían las condiciones para el cumplimiento con lo establecido.

La Asamblea Legislativa avaló una segunda prórroga para la entrada en vigencia de la ley, al considerara el Órgano Ejecutivo que es necesario realizar un estudio integral de dicha Ley para poder “transversalizar el enfoque de Derechos Humanos de la primera infancia, la cual debe garantizar la doctrina de protección integral y así salvaguardar el interés superior de los hijos de los trabajadores que harán uso de dicho servicio”.

Esta ley regulará las condiciones bajo las cuales los patronos implementarán, en beneficio de los trabajadores, los servicios de salas cunas y lugares de custodia para las hijas e hijos de los trabajadores, ya sea en el lugar de trabajo o en un lugar anexo e independiente, determinados por el patrono de cada empresa.

Según la normativa, los patronos del sector privado estarán obligados al cumplimiento de este beneficio al tener 100 trabajadores o más, teniendo la potestad de definir e implementar la o las modalidades por medio de las cuales dará cumplimiento a la presente ley. La falta de cumplimiento conlleva multas entre cinco a ocho salarios mínimos.

La ley es aplicable para el sector público, empresa privada, instituciones oficiales autónomas y municipalidades, y tiene por objeto regular las condiciones bajo las cuales los patronos implementarán, en beneficio de los trabajadores, los servicios de salas cunas y lugares de custodia para sus hijos en el lugar de trabajo.

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil