Artículo

¿ES PERTINENTE DISMINUIR EL NÚMERO DE DIPUTADOS? – EDICIÓN # 88

Publicado

el

Por: Jorge Serrano, director de Serrano Jaime Consultores. 

Cuando la población clama por reducir el número de nuestros Diputados, de inmediato surgen voces inconformes contra argumentando: 1) La mayoría de países tienen en proporción muchos más diputados (senadores, representantes, parlamentarios, miembros, etc.) que nosotros; 2) Hay mejor garantía de representación del pluralismo político, de la tasa demográfica o de las circunscripciones territoriales; y 3) Deben enfrentar una alta carga laboral legislativa y multitud de Comisiones.

 

MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

Debemos aclarar previamente que nuestra Constitución en ningún momento prescribe el número de diputados que deben conformar el Órgano Legislativo; como, por ejemplo, Costa Rica que lo fijó en 57. Ni siquiera establece un mecanismo para determinar su número, como el caso de Argentina que lo refiere a un Censo General.

Es el Art. 13 del Código Electoral el que prescribe: “La Asamblea Legislativa estará compuesta por ochenta y cuatro Diputados o Diputadas propietarios e igual número de suplentes. Habrá tantas circunscripciones electorales, como Departamentos, en que se divide el territorio de la República para la administración política.”

Por lo tanto, nuestro ordenamiento legal permite la ampliación (¡Dios no lo quiera!) o reducción del número de diputados, a partir de simple reforma legislativa del Código Electoral.

 

SIGUIENDO LA CORRIENTE

Es cierto que la mayoría de países se han decantado por tener un alto número de “representantes del pueblo” en sus organismos legislativos, siendo más dramático cuando poseen Sistema Bicameral. Nuestros vecinos no se quedan atrás: Guatemala (158), Belice (31 diputados y 12 senadores), Honduras (128), Nicaragua (90), Panamá (71). Lo mismo sucede en países con densidad poblacional similar a la nuestra: Paraguay (80 diputados y 45 senadores), Libia (200), Kirguistán (120), Líbano (128), Laos (149). Podríamos nombrar países de todos los continentes, sistemas de gobierno, tendencias político sociales, matices culturales o religiosos, niveles de desarrollo, extensiones territoriales, densidad poblacional, etc.; que han optado por formar órganos legislativos numerosos, con su respectiva alta carga presupuestaria.

Pero también observamos en todos ellos, que la mayoría de sus sectores políticos, sociales o económicos invariablemente manifiestan su descontento – en mayor o menor grado – con el desempeño de sus legisladores, sean estos muchos o pocos.

Ello debido a que la cantidad de diputados no es garantía ostensible de un mejor quehacer legislativo. Lo importante será siempre su calidad. Consecuentemente, el argumento de seguir la corriente mundial en cuanto a tener Asambleas Legislativas prolíficas carece de profundidad y no responde a nuestra realidad nacional.

 

REPRESENTATIVIDAD VS. CLIENTELISMO

Otro argumento para sostener la necesidad de una planilla numerosa de diputados y sus correspondientes “asesores y colaboradores”, es la aspiración de “representatividad” de todas las fuerzas vivas de la nación. Lamentablemente, la realidad nacional desde antaño ha demostrado que – en el tema del quehacer legislativo – prevalece principalmente la defensa de los intereses y objetivos partidarios (lo cual no es necesariamente negativo), aún con respecto a los denominados diputados “independientes”, quienes en un determinado momento se ven inclinados o forzados a apoyar ciertos intereses o corrientes partidarias. Puede, entonces, surgir mucho “clientelismo” o deseo de favorecer a determinadas personas, organizaciones, partidos políticos, etc., a fin de obtener o mantener su apoyo.

Es por ello preferible contar con diputados de calidad, independientemente de su número, que tengan la capacidad intelectual, moral y de trabajo en equipo para hacer frente a las turbulentas y no siempre cristalinas aguas de la política nacional y, aun así, buscar siempre lo más “justo, honesto y conveniente a la sociedad” (Art. 1 Constitución)

 

 

MUCHO TRABAJO

En cuanto a la carga legislativa, siempre será tan grande, incesante y hasta imprevisible como lo son los desafíos y necesidades de cualquier nación; por lo que, sin importar el número de diputados o el tamaño de su soporte administrativo y consultor, siempre resultarán insuficientes para hacer frente a los requerimientos de trabajo; lo cual también ocurre en los demás organismos estatales. Este personal de apoyo nunca debe ser contratado para ciertos diputados o bancada parlamentaria, sino que debe tratarse de un staff multidisciplinario y muy bien seleccionado, que asesoré a todo el Cuerpo Legislativo, a fin de garantizar su labor transparente, imparcial, profesional y responsable.

 

CONCLUSIONES

Diputados de notoria calidad moral y capacidad intelectual, tal como aspira el Art. 126 de la Constitución, son los que requiere El Salvador para salir adelante y de manera triunfante en su quehacer legislativo.

Su número debe ser el necesario para responder adecuadamente a los retos del Primer Órgano del Estado y el suficiente a fin de no representar una carga excesiva e innecesaria para el Presupuesto Nacional.

No hay ningún argumento válido para no reducirlo, por ejemplo, a 60 diputados, siendo que la propia Asamblea Constituyente de 1983 hizo su magna labor con ese número; o para reducirla a menos, de cara a nuestra extensión territorial, cercanía de grupos poblacionales y realidad socio – económica.

 

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil