Legal

Personal del Ministerio de Justicia, Migración y el UTE tienen 12 días para acogerse a retiro voluntario

Publicado

el

Este día ha sido publicado en el Diario Oficial el decreto de compensación por retiro voluntario a empleados del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, la Dirección General de Migración y Extranjería y para la Unidad Técnica Ejecutiva (UTE) del Sector Justicia.

En el caso de Migración y el Ministerio de Justicia la compensación será de un salario mensual por cada año completo de servicio, tomando como base para ello el tiempo de servicio prestado y el último salario devengado la misma institución, y para el caso del UTE la compensación corresponde a seis meses de salario.

Aunque la medida del retiro es voluntaria, en el caso del personal de las entidades indicadas que ya se encuentre recibiendo pensión por vejez, independientemente de su edad, será obligatorio que se acojan al decreto.

El decreto establece que vigencia será desde el día de su publicación en el diario oficial hasta el 31 de diciembre de este año. Se prevé abarcar 64 plazas del Ministerio de Justicia y Seguridad, 59 de Migración y Extranjería y 21 de la UTE, tanto por contrato como por Ley de Salario.

La medida se aplicará al personal de sesenta años, y en el caso del UTE al que tenga edad de jubilación, que se encuentren actualmente laborando en la institución por régimen de ley de salarios o por contrato de prestación de servicios personales pagados con el Fondo General o, en su caso, con Fondo de Actividades Especiales.

El personal que se someta al retiro voluntario cesará en el cargo respectivo hasta el treinta y uno de diciembre del presente año, y no podrá laborar para ninguna Institución del Estado, salvo cuando sean contratados bajo la modalidad de consultoría.

Las disposiciones de este Decreto no serán aplicables a la Dirección General de Centros Penales, la Policía Nacional Civil, la Academia Nacional de Seguridad Pública, la Inspectoría General de Seguridad Pública y el Consejo Nacional de Administración de Bienes.

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil