Noticias
Pequeños negocios de cosméticos deberán tramitar permisos según nuevo reglamento de la Superintendencia de Regulación Sanitaria
A partir de este martes entra en vigor un nuevo reglamento emitido por la Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS), el cual establece los lineamientos para el funcionamiento de pequeños comercios dedicados a la elaboración o venta de productos cosméticos, higiénicos y de ortopedia blanda.
El documento, denominado “Reglamento para el funcionamiento de pequeños comercios regulados por la Superintendencia de Regulación Sanitaria”, fue firmado por el superintendente Noé Geovanni García Iraheta y publicado en el Diario Oficial del 20 de octubre de 2025.
¿A quiénes aplica el reglamento?
La normativa está dirigida a todas las microempresas registradas en la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype) que elaboren, procesen, envasen, distribuyan o comercialicen productos cosméticos de uso humano o veterinario, artículos higiénicos, alimentos preenvasados y productos blandos de ortopedia y soporte.
El objetivo de la SRS es impulsar la formalización y el crecimiento de las microempresas, simplificando los trámites sanitarios habituales y adaptándolos a la realidad de los pequeños negocios.
Vigencia y obligaciones del permiso
Los comercios deberán tramitar un permiso sanitario anual, el cual tendrá una vigencia de un año. Al finalizar ese plazo, deberán renovar su inscripción ante la SRS.
Además, las microempresas deberán cumplir con ciertas obligaciones administrativas, como:
- Mantener un registro actualizado de los productos elaborados y los proveedores.
- Llevar control de las cantidades adquiridas y comercializadas.
La institución también establece prohibiciones, entre ellas:
- Elaborar o vender productos sin permiso sanitario.
- Reetiquetar o modificar fechas de vencimiento.
- Atribuir propiedades terapéuticas a productos que no las tengan.
Permisos y vencimientos de productos
El reglamento señala que el permiso de comercialización de los productos regulados tendrá una vigencia de cinco años, y deberá renovarse al menos seis meses antes de su vencimiento.
Asimismo, se establece que la fecha de caducidad de los cosméticos y productos higiénicos no podrá superar los 12 meses desde su fabricación y envasado, tanto para uso humano como veterinario.
Requisitos técnicos y de infraestructura
Para obtener la autorización, los pequeños comercios deberán cumplir con condiciones mínimas de infraestructura y salubridad, entre ellas:
- Disponer de un área física independiente y adecuada según el tipo de producto.
- Contar con servicios sanitarios y lavamanos con agua potable, fuera de las zonas de producción o almacenamiento.
- Asegurar una iluminación natural o artificial suficiente que permita un trabajo seguro y eficiente.
Impulso a la formalización
De acuerdo con la SRS, este nuevo marco regulatorio busca favorecer la inclusión de las microempresas en el sistema formal, garantizando que los productos cosméticos y de higiene que llegan al consumidor cumplan con los estándares mínimos de seguridad y calidad.


