Legal
Nuevo instructivo para la prevención del lavado de dinero y de activos ya vigente
El pasado martes concluyó la prórroga del nuevo Instructivo para la Prevención del Lavado de Dinero y de Activos y el Financiamiento del Terrorismo emitido por la Unidad de Investigación Financiera de la Fiscalía General de la República.
El nuevo Instructivo de la UIF tiene por objetivo establecer reglas para darle cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos, las cuales son necesarias para la prevención de las actividades relacionadas con el delito de lavado de dinero y de activos y la financiación del terrorismo, de conformidad con tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por El Salvador y con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), concerniente a estas materias especializadas.
Con la entrada en vigencia del nuevo instructivo de la Unidad de Investigación Financiera se establece un nuevo nombre para referirse al antes llamado Oficial de Cumplimiento, que ahora con la entrada en vigencia también puede ser denominado Encargado de Cumplimiento, a su vez, se establece en la nueva regulación que debe estar contratado directamente por la empresa que requiere de sus servicios, y deberá residir en el país.
El proceso de acreditación queda derogado, el cual trae consigo la modificación de la información del registro en la UIF y dicha información ahora también estará a disposición de todos los entes supervisores en materia de Prevención, Detección y Control del Lavado de Dinero y Activos, Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
Recientemente la Fiscalía General de la República emitió un comunicado señalando que los formularios sobre los reportes de operaciones para Sujetos Obligados, ya se encuentran desarrollados en la UIF, los formularios correspondientes a cada Sujeto Obligado. Cabe mencionar que los formularios que corresponden a Banca Regional y transferencias electrónicas internacionales, se gestionarán a través del Web Service en coordinación con los Bancos correspondientes.
Asimismo, se aclara que desarrollar los nuevos formularios no implica que deba iniciarse con el uso inmediato de los mismos, ya que la implementación estos formularios iniciará a partir 07 de diciembre de 2022, de acuerdo al plazo estipulado en los artículos del 86 a 190 del Instructivo.