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Hasta nueve salarios mínimos como sanción por incumplir medidas de inclusión a personas con discapacidad

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Ayer la Comisión de la Familia, Niñez, Adolescencia, Adulto Mayor y Persona con Discapacidad, en el marco del estudio del anteproyecto de Ley de Inclusión de la Persona con Discapacidad, aprobó artículos que regula las infracciones por conductas discriminatorias contra personas con una condición de discapacidad.

La Comisión acordó por unanimidad ocho tipo de infracciones, las cuales se tipifican en graves y muy graves, y tienen como sanción penas económicas de  4 a 6 salarios mínimos las graves y las muy graves de 7 a 9.

Una de las infracciones será negar el financiamiento para la compra de un bien mueble o inmueble por condición de discapacidad, aún cumpliendo todos los requisitos financieros requeridos.

Otras infracciones que establece el anteproyecto son el negar el acceso a la salud, no contratación para un empleo, matricula o expulsión en centros escolares y no implementar las medidas de accesibilidad arquitectónicas, urbanísticas, de información y comunicación acorde al diseño universal; esta última es tipificada como una infracción muy grave.

Según el presidente de esa mesa de trabajo, diputado David Reyes (ARENA): “Se va a provocar un cambio en la cultura salvadoreña a nivel general, porque en todos los artículos que hemos aprobado, sobre todo el capítulo de la educación inclusiva, se busca generar las condiciones y cuando estas estén dadas pues sería una multa muy grave que no se permita la matricula a niños y adolescentes -en un centro educativo por su condición de discapacidad».

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