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Nuevas regulaciones para la fusión de sociedades salvadoreñas y extranjeras

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Las reformas al Código de Comercio en lo referente a la legislación de fusiones de sociedades entrarán en vigor la próxima semana. Estas enmiendas tienen como objetivo facilitar y regular las fusiones entre sociedades nacionales y extranjeras.

Uno de los cambios más destacados es la inclusión de disposiciones específicas para las fusiones entre sociedades salvadoreñas y extranjeras. En este sentido, se asigna una nueva responsabilidad al notario autorizante o al suscriptor del formulario durante el proceso de fusión. Su tarea será verificar y presentar la documentación correspondiente de las sociedades extranjeras participantes, asegurando el cumplimiento de la legislación en el país de origen.

Adicionalmente, se establecen requisitos específicos para la inscripción de la fusión en el Registro de Comercio. Esto incluye la obligación de comprobar la aprobación de la Superintendencia de Competencia cuando sea requerida. Asimismo, se introduce un procedimiento detallado para la cancelación del registro en el caso de sociedades salvadoreñas que se fusionan con entidades extranjeras.

La reforma también ajusta el artículo 319 para establecer que las sociedades fusionantes conservarán su personería jurídica hasta que se verifique la inscripción de la fusión. De esta manera, se brinda un marco legal claro para el período entre el acuerdo de fusión y la inscripción correspondiente.

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