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Nueva Ley de Mercados impone estrictas regulaciones para funcionamiento de puestos en espacios públicos
Con nuevas reglas de orden, higiene y sanciones, la recién aprobada Ley de Creación de la Dirección de Mercados Nacionales y Locales Comerciales en Espacios Públicos establece un marco regulatorio estricto para la operación de mercados públicos en El Salvador.
La normativa, avalada por la Asamblea Legislativa este jueves con 57 votos de la bancada oficialista y sus aliados, regula el funcionamiento de los puestos de venta en los mercados nacionales y locales, imponiendo obligaciones claras a los adjudicatarios y otorgando amplias facultades a una nueva Dirección centralizada bajo control del Ejecutivo.
Normas para el funcionamiento de los puestos de venta
Entre las principales disposiciones, la ley establece una serie de prohibiciones y obligaciones para quienes operen puestos o locales en los mercados:
- Higiene y salubridad: Los adjudicatarios deberán mantener los puestos en condiciones limpias y sanitarias. Es obligatorio contar con depósitos de basura cerrados y fáciles de limpiar.
- Horario restringido: El ingreso de personas fuera del horario establecido por la Dirección de Mercados estará prohibido.
- Prohibición de estructuras provisionales: No se permitirán instalaciones improvisadas en los pasillos ni en el perímetro exterior de los mercados.
- Subarrendamiento prohibido: Se prohíbe la transferencia o subarriendo de los puestos adjudicados.
- Sanciones por desorden: Actos que alteren la disciplina, como desórdenes públicos, agresiones físicas o verbales, también serán motivo de sanción.
- Seguridad y materiales peligrosos: Se restringe el uso de armas (excepto por personal de seguridad), velas, sustancias inflamables o corrosivas, y el almacenamiento de materiales peligrosos o ilícitos.
Régimen de sanciones y multas
La ley establece un sistema de sanciones escalonado:
- Infracciones leves: Como no mantener la limpieza o no atender indicaciones, recibirán multas de $5 a $25.
- Infracciones graves: Como impedir inspecciones, botar basura en pasillos, vender artículos antihigiénicos o encender velas, serán multadas con $25 a $50.
- Infracciones muy graves: Como almacenar o consumir drogas, portar explosivos o provocar desórdenes violentos, implicarán la revocación del puesto adjudicado y aviso a la Fiscalía General de la República.
Nueva Dirección con control centralizado
La ley también crea la Dirección de Mercados Nacionales, una institución autónoma adscrita al Órgano Ejecutivo, responsable exclusiva de administrar mercados que sean entregados en comodato por las municipalidades. Su director y subdirector serán nombrados por el presidente por un período de cinco años.
Esta Dirección definirá las tarifas de arrendamiento, cobrará impuestos y tasas municipales asociadas a los mercados bajo su gestión, y podrá contratar préstamos si no cubre sus necesidades con ingresos propios.
La ley fue aprobada tras un debate legislativo. Entre las modificaciones al proyecto original, destaca la eliminación del artículo que prohibía ventas ambulantes dentro del mercado o en un perímetro de 100 metros (la propuesta inicial), y la eliminación del requisito de pagar salario mínimo a empleados de adjudicatarios.


