Legal
Normativa reestructuraría control de las actividades marítimas y portuarias
Con la presentación de la “Ley de Navegación” se establece una nueva regulación de las actividades relacionadas al marco institucional, competencias y atribuciones de la Marina Nacional.
La normativa establece una readecuación y actualización del marco legal «conforme a la nueva visión de modernización de la administración pública, para la adecuada y eficiente consecución de los fines y objetivos relacionados con la salvaguarda de la vida humana en el mar, la protección del medio ambiente acuático y la regulación y control de las actividades marítimas y portuarias».
La nueva normativa derogaría a la Ley General Marítimo Portuaria emitida en el 2002, se establece que la Marina Nacional sería la autoridad marítima del Estado salvadoreño en sustitución a la Autoridad Marítima Portuaria (AMP) que está adscrita al Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT).
Al aprobarse la nueva ley, se establecerá el Servicio de Guardacostas como una unidad orgánica de la Marina Nacional para velar por los “intereses marítimos”, hacer cumplir las leyes y tratados internacionales que regulan las actividades marítimas en las aguas jurisdiccionales. En caso de conflicto armado “pasará a realizar tareas para la Defensa Nacional”.
Se establecería el Registro de Naves (RENAV) a cargo de la Marina Nacional, donde se inscribirán las que cumplan con los requisitos de construcción y condiciones de navegabilidad y propiedad.