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Municipales obligadas a utilizar sistema del RNPN para registro de estado familiar
La Asamblea Legislativa aprobó que las municipales deban utilizar el sistema de registro del estado familiar del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), esto con el objetivo de modernizar la forma de registrar los hechos y los actos jurídicos relacionados al estado familiar de las personas.
La reforma se enmarca en el paquete de reformas en el funcionamiento del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN).
Presidencia ha solicitado también reformar el Decreto de Creación del RNPN y la Ley Orgánica de la institución, con el cual se pretende centralizar servicios relativos a los registros familiares; así también, el modernizar el funcionamiento interno de la institución.
Con la reforma todas la municipales deberán utilizar el sistema de Registro de Estadísticas Vitales y Nacionales (REVFA), mismo que centralizará la información de los salvadoreños y hará posible que esté disponible para todas las municipalidades.
El REVFA es un sistema manejado por el RNPN al que tienen acceso las alcaldías, «de esta forma se maneja una sola información, uniforme y completa en todas las municipalidades», establece el decreto.
Presidencia justificó la reforma alegando que el uso de esta plataforma permitirá que los censos puedan dilatarse más en el tiempo, debido a que se contará con una base de datos constantemente actualizada sobre el estado familiar de las personas. Asimismo, los ciudadanos podrán solicitar la emisión de su partida de nacimiento en cualquier alcaldía del país, ya que estarán todas conectadas al REVFA.
Además, se contará con una base de datos reciente de las defunciones y nacimientos ocurridos. Al momento del parto, el sistema registrará la asignación del Número Único de Identidad (NUI) y tendrá dentro de su información el Número de Identificación Estudiantil (NIE) que reciben los niños escolarizados.
Actualmente los encargados locales de llevar el Registro del Estado Familiar son los Municipios, con las reformas estos deberán ingresar a los sistemas informáticos del Registro Nacional de las Personas Naturales los hechos y actos jurídicos constitutivos, modificativos o extintivos en el momento de su registro.
Las enmiendas permitirán que las 262 alcaldías del país estén conectadas, de manera obligatoria, al sistema de Registro de Estadísticas Vitales y Nacionales (REVFA), que centralizará la información de los salvadoreños y hará posible que esté disponible para todas las municipalidades.
El REVFA es un sistema manejado por el RNPN al que tienen acceso las alcaldías, de esta forma se maneja una sola información, uniforme y completa en todas las municipalidades.
De acuerdo con la ley, el RNPN es la instancia competente para autorizar el uso de plataformas para registro en cada alcaldía. Antes de que se comenzara a utilizar el REVFA, el 40% de las municipalidades usaba un sistema creado por el RNPN que no era funcional.
Otro 40% de las alcaldías hacía uso de un sistema desarrollado por la Corporación de Municipalidades de la República de El Salvador (COMURES), un 10% utilizaba uno desarrollado por la Dirección General de Estadísticas y Censos (DIGESTYC) y el 10% restante contaba con un sistema propio.