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Modernización del sector de burós de crédito mediante la nube

Por Julio Martínez | Regional Legal Director Central America Equifax Inc.

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En el año 2011, se promulgó por primera vez una legislación relativa al historial crediticio de las personas. Dicha ley, al entrar en vigencia, reguló una práctica comercial ya establecida entre los oferentes de crédito en El Salvador, un negocio con más de 100 años de trayectoria a nivel global.

La ley de 2011 presentaba diversas áreas de mejora, incluyendo una clara desconexión entre un negocio basado en datos y tecnología y una regulación análoga. En aquel entonces, el conocimiento legal sobre protección de datos personales y la relación entre las tecnologías de la información y el derecho era limitado. No obstante, la ley fue implementada y ejecutada por las autoridades de la época, marcando un antes y un después en la industria del historial crediticio.

Transcurrió más de una década antes de que se introdujera reformas en el año 2022. Estas reformas impactaron positivamente tanto a los consumidores como a la industria, estableciendo, entre otras cosas, puntos de atención y centros de resolución de quejas. Este modelo fue adoptado por Equifax en diversas geografías donde opera, obteniendo resultados favorables gracias a la cercanía con el consumidor, cumpliendo así con la misión de la compañía de mejorar la salud financiera de las personas.

A pesar de las reformas positivas de 2022 y otras normativas técnicas denominadas NRP emitidas por el Banco Central de Reserva, existía la oportunidad de perfeccionar aún más la normativa y posicionar a El Salvador como líder regional en el uso y adopción de tecnologías de la información en todas las industrias. En este contexto, se presenta a la Asamblea Legislativa una iniciativa del Presidente de la República para reformar el artículo 17 literal “n”, que obligaba a las Agencias de Información, conocidas como “buró de crédito”, a mantener su base de datos y su respaldo en el territorio de El Salvador. 

La propuesta modifica dicho artículo para permitir que las Agencias de Información puedan “utilizar el servicio de almacenamiento y procesamiento en tecnología de computación en la nube para la base de datos y su respaldo”. Esta reforma, aprobada el 24 de abril con 57 votos a favor, marca un nuevo hito en la modernización legislativa de El Salvador, aumentando considerablemente el nivel de protección de datos personales e incrementando las medidas de ciberseguridad ofrecidas por la tecnología de la nube en comparación con centros de datos locales. Además, permite la transferencia internacional de datos, siempre salvaguardando los derechos de los consumidores, estableciendo un equilibrio entre los derechos de los consumidores y las obligaciones de las agencias de información.

Esta reforma no menoscaba ni reduce los derechos de los consumidores. Al contrario, brinda a las Agencias de Información la oportunidad de incrementar las medidas de seguridad para proteger los datos de los ciudadanos. Adicionalmente, entre las ventajas de la nube se encuentra la disponibilidad de datos del 99.99%, situación difícil de garantizar con la ley anterior, dado que el territorio limitado de El Salvador no puede asegurar la disponibilidad de la información en caso de un desastre natural. 

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