Economía

Ministerio de Hacienda emite guía para retención del 30 % a agentes extranjeros

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impuesto del 30 % a las transacciones realizadas entre mandantes extranjeros y agentes extranjeros, según lo establece la Ley de Agentes Extranjeros (LAEX), vigente desde el 7 de junio de 2025.

Obligaciones de las instituciones financieras

La guía, emitida por el director general de Impuestos Internos, Marvin Sorto, establece que las entidades supervisadas por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) deben transferir a la Administración Tributaria los montos retenidos dentro de los primeros diez días hábiles del mes siguiente al periodo tributario correspondiente.

Además, deberán presentar un informe mensual de las retenciones en los primeros quince días del mes siguiente, detallando la información sobre los agentes extranjeros sujetos al impuesto.

El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado conforme al Código Tributario.

Alcance de la medida: incluye importaciones en especie

El documento también aclara que el impuesto del 30 % aplica no solo a las transacciones financieras, sino también a las importaciones en especie o bienes materiales de cualquier tipo provenientes de un mandante extranjero.

No obstante, estas operaciones quedarán gravadas únicamente si el Registro de Agentes Extranjeros (RAEX) determina su inclusión. Para este fin, Hacienda dispuso los formularios F-14v16 (“Declaración mensual de pago a cuenta e impuestos retenidos de renta y agentes extranjeros”) y F-935v1 (“Informe mensual de retención sobre agentes extranjeros”), que deberán contener detalles como nombre, razón social, país de origen, concepto y monto retenido.

Régimen de sanciones

El artículo 246 del Código Tributario establece que, si una entidad no transfiere el impuesto, será multada con una suma igual al monto no pagado. Si omite la retención, la sanción será del 75 % del monto omitido.

Las multas se reducen al 50 % si la retención es extemporánea y al 30 % si se retiene una suma inferior dentro del plazo legal.

Por su parte, el artículo 241 del Código Tributario contempla sanciones adicionales para las instituciones financieras que no remitan los informes mensuales, con multas que oscilan entre uno y nueve salarios mínimos.

Registro de Agentes Extranjeros pendiente

Hasta la fecha, el RAEX del Ministerio de Gobernación no ha publicado el listado de agentes extranjeros. El pasado 2 de septiembre, el registro informó que concedió la “Calificación Provisional de Sujeto Excluido”, válida por 20 días, durante los cuales las entidades quedan exentas del impuesto hasta recibir la resolución definitiva.

El RAEX también comunicó que ha denegado solicitudes de exclusión a ciertos sujetos obligados, aunque no precisó la cantidad ni las organizaciones afectadas.

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