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Mejora regulatoria: una reforma silenciosa y de largo aliento

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Por: Jaime Campos, director ejecutivo del Organismo de Mejora Regulatoria. 

Una de las funciones del Estado consiste en dictar las normas que rigen la vida en sociedad atendiendo al bien común. Esta función reguladora se concreta en la emisión de instrumentos jurídicos, tales como leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, instructivos y ordenanzas.

Con el paso del tiempo, el número de regulaciones aumenta y algunas de ellas dejan de responder a los objetivos para los cuales fueron creadas, volviéndose inútiles, obsoletas, incongruentes y hasta caóticas. Una persona puede encontrarse en medio de un “laberinto de regulaciones” y una pesada burocracia, cada vez que necesite relacionarse con el Estado para realizar un trámite o solicitar un servicio.

A ello debe sumarse que los gobiernos suelen emitir regulaciones deficientes, porque estas han sido mal diseñadas o elaboradas en procesos poco transparentes, sin mayor consulta y basadas más en la intuición que en la evidencia.

Desde hace décadas algunos países trabajan para mejorar la calidad de sus regulaciones, tanto las nuevas (flujo) como las ya existentes (acervo), a través de una política, instituciones y herramientas establecidaspara tal fin.

La mejora regulatoria se define así como la política pública que consiste en la generación de normas claras y trámites simples, cuyo objetivo es asegurar la calidad de las regulaciones, a través de la medición de sus posibles impactos y la selección de aquella alternativa que produzca mayores beneficios que costos a la sociedad.

Se trata de regular bien o inteligentemente, de modo que la función reguladora del Estado no se ejerza en forma autómata, sino que es necesario cuestionar si una regulación es la mejor alternativa para solucionar un problema público, y si cumplirá, eficaz y eficientemente, con los objetivos que se persiguen.

Para tal fin, en nuestro país se aprobó el decreto ejecutivo 90, de fecha 10 de noviembre de 2015, que creó al Organismo de Mejora Regulatoria (OMR), como una entidad interina adscrita a la Secretaría Técnica y de Planificación de la Presidencia de la República, encargado de dirigir y coordinar el sistema de mejora regulatoria en el país.

Más recientemente, el 12 de diciembre de 2018, se aprobó la Ley de Mejora Regulatoria, vigente a partir del 9 de abril de este año, mediante la cual se ordena la creación del OMR, como una institución permanente, con autonomía funcional y técnica, dentro del órgano ejecutivo, con la misión de dictar y vigilar el cumplimiento de la política regulatoria.

Uno de los primeros aspectos que sobresale en esta ley es el alcance de los sujetos obligados, ya que será aplicable –en forma progresiva- a todas las entidades públicas; incluidos los órganos legislativo y judicial, las instituciones autónomas y las municipalidades; y no únicamente al ámbito del Ejecutivo, como lo disponía el decreto 90.

Entre sus fines y principios destacan la transparencia y la participación ciudadana en el proceso de elaboración y aprobación de las regulaciones. Ya que se deberá involucrar a la población e interesados, para proveer evidencia, así como promover el control social de las decisiones regulatorias. No más regulaciones inconsultas.

Se establece un listado de materias excluidas en lo relativo al presupuesto general del Estado; la emisión de regulación del sistema financiero que corresponde dictar al consejo directivo y al comité de normas del Banco Central de Reserva; los tratados, convenciones y acuerdos internacionales; y las regulaciones relacionadas con situaciones de emergencia nacional, calamidad general, seguridad pública, defensa nacional e inteligencia del Estado.

En el plano institucional se ordena que cada titular nombrará a un comisionado de mejora regulatoria perteneciente al nivel directivo de la entidad respectiva, quien será el responsable de coordinar todas las actividades de mejora regulatoria con el OMR, los demás actores del sistema y al interior de la institución.

Además, la ley establece cuatro herramientas: la Agenda Regulatoria, Evaluación de Impacto Regulatorio (EIR), los planes de mejora regulatoria y el registro nacional de trámites.

La agenda regulatoria obligará a las instituciones del Estado a publicar el listado de regulaciones que proyectan aprobar, modificar o suprimir durante cada año. Generando así predictibilidad.

Con la EIR, las autoridades deberán analizar los costos y beneficios de las nuevas regulaciones (ex ante) o de las ya existentes (ex post), y será obligatoria la consulta pública del proyecto regulatorio, bajo supervisión del OMR.

Los planes de mejora regulatoria comprenderán las acciones de simplificación administrativa y se creará un Registro Nacional de Trámites, administrado por el OMR, cuyo efecto será que ningún trámite será exigible a los particulares si no se encuentra previamente inscrito.

La mejora regulatoria se convierte así en una reforma silenciosa de largo aliento, que requiere del apoyo político del más alto nivel para implementarse exitosamente, pues implica un ejercicio de autodisciplina para hacer más eficiente al Estado.

 

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