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Magistrados Suplentes de la Sala de lo Constitucional suspenden proceso contra Sigfrido Reyes

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Magistrados Suplentes de la Sala de lo Constitucional admitieron conocer del proceso de amparo en contra de la resolución adoptada por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en la cual se declaró la existencia de indicios de enriquecimiento Ilícito por parte del señor Sigfrido Reyes Morales.

El proceso de enriquecimiento ilícito responde por una determinada suma de dinero en razón del ejercicio del cargo de diputado propietario de la Asamblea Legislativa en 3 periodos consecutivos, comprendidos desde 1 de mayo de 2006 hasta el 30 de abril de 2015, así también se ordenó que se iniciara el juicio por enriquecimiento ilícito y la anotación preventiva de ciertos inmuebles propiedad del referido exfuncionario.

Los Magistrados Propietarios de la Sala de lo Constitucional resolvieron que debían abstenerse de conocer el amparo, en vista de que, en carácter de integrantes de la CSJ, votaron en la emisión resolución adoptado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el 30 de julio de 2019, en la cual se declaró la existencia01 de indicios de enriquecimiento.

Aunado a ello, el Magistrado suplente Martín Rogel Zepeda participó en la sesión del pleno de la CSJ de 30 de julio de 2019 y emitió voto favorable para declarar la existencia de indicios de enriquecimiento ilícito por parte del señor Reyes Morales en los periodos previamente señalados.

En razón de lo expuesto, se dedujo que la composición subjetiva de la Sala no podría conformarse con el número de Magistrados que la integran en su totalidad, cinco miembros, sin embargo, el quorum necesario para que la Sala dicte sentencias o autos en los procesos de Amparos es de tres votos, por lo que, al constituirse con cuatro miembros suplentes, estará facultada para dirimir los asuntos que le sean requeridos en el trámite y resolución del proceso.

Ante ello fueron convocados para conocer el referido Amparo los Magistrados Suplentes: José Cristóbal Reyes Sánchez, Jorge Alfonso Quimeras Hernández, José Luis Lovo Castellar y Sonia Elizabeth Cortez de Madriz, con el fin de conformar la Sala de lo Constitucional y poder resolver —además- las solicitudes de abstención formuladas por los Magistrados Propietarios, así como las recusaciones interpuestas en su contra.

Con la admisión del amparo se suspende provisionalmente los efectos de la actuación impugnada, en consecuencia y en congruencia con ello, la Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro deberá abstenerse de continuar con la tramitación del proceso por enriquecimiento ilícito iniciado contra Sigfrido Reyes.

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