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Magistrado Aldo Cáder vota a favor de la constitucionalidad de las reformas para financiar FOMILENIO y FODES

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La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional el decreto legislativo n° 781, que contenía las reformas al Decreto Legislativo n° 640, por vicios de forma. Sin embargo, el Magistrado Aldo Cáder Camilot emitió un voto disidente considerando que todos los motivos alegados por el Presidente  tuvieron que haber sido rechazados in limine o sobreseídos en su desarrollo.

En la resolución, la Sala de lo Constitucional únicamente aceptó el motivo de inconstitucionalidad que argumentaba la necesidad que la Asamblea Legislativa debía contar con la intervención del Órgano Ejecutivo en el ramo de Hacienda para aprobar las reformas al decreto legislativo 640.

Sobre este punto, el Magistrado Aldo Cáder consideró que dicho motivo de inconstitucionalidad es inconsistente, dado que, fue un hecho público que el anterior titular del Ministerio de Hacienda solicitó a la Asamblea Legislativa la incorporación al presupuesto general de 2020, los cuales se reorientaron en el decreto vetado, y que incluso el actual Ministro de Hacienda acudió a la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto para discutir la asignación de dichos fondos, dando la iniciativa para la correspondiente reforma a la ley presupuestaria.

Lo cual implica que el Órgano Ejecutivo sí tuvo intervención y fue consultado sobre la gestión de la cantidad señalada, con independencia de que la Asamblea Legislativa decidiera el destino final de la misma, según su atribución constitucional y legal (arts. 131 ord. 8° Cn., y 38 de Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado).

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