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Ley de Agentes Extranjeros obtiene dictamen favorable

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La normativa que regularía a los “agentes extranjeros” que realicen donaciones internacionales al país destinadas a diferentes organismos de la sociedad civil obtuvo dictamen favorable por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa.

Según el proyecto de ley se crearía un impuesto especial por cada transacción financiera, desembolso, transferencias o cualquier otro movimiento financiero que sea provenientes de fondos extranjeros con un impuesto del 40 %, esto sin perjuicio de la imposición de otros impuestos que graven los mismos actos.

Dicho impuesto no sería aplicada a donaciones encaminadas a programas y proyectos de interés social, según la comisión los fondos obtenidos de esta forma serán administrados por el Ministerio de Hacienda y serán destinados a las carteras de Salud y Educación.

“El objetivo es establecer un régimen jurídico aplicable a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, cuyas actividades dentro de El Salvador respondan a intereses o sean financiadas directa o indirectamente por un extranjero, a efectos de promover la transparencia sobre este tipo de organismos en El Salvador”, detalló el ministro de Gobernación, al momento de presentar la normativa a la Asamblea.

Aunque el funcionario señalo que el marco normativo beneficiaría a las organizaciones sin fines de lucro, al eximirlas del pago de impuestos sobre las donaciones internacionales, establece más control para las financiaciones que puedan ser consideradas como “de fachada” al ser otorgadas a organizaciones con interés político.

La iniciativa contempla la creación del Registro de Agentes Extranjeros, como una nueva dirección adscrita al Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial (MINGOB). En esta instancia deberán inscribirse todos los obligados conforme a la nueva normativa.

La ley también establecerá en sus sanciones las multas y cancelaciones tanto para personas u organizaciones en El Salvador como para sus pares en el extranjero por no informar ni detallar los fines ni las líneas de trabajo.

Las multas serán desde $100,000 hasta $200,000, según la gravedad de las infracciones, y en el castigo máximo se eliminará la personería jurídica que se tenga. La nueva norma jurídica definió también que se habilitará un plazo máximo de 180 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la entrada en vigor de esta, para completar el registro de los sujetos obligados en el RAE de Gobernación.

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