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Legislación contra el nepotismo y el clientelismo en la administración pública, una necesidad imperante

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Por: William Rebollo, coordinador del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Francisco Gavidia.

En días recientes hemos evidenciado a través de las redes sociales y los despidos efectuados por el presidente Bukele, cómo la Administración Pública ha estado cooptada por los partidos políticos colocando a familiares y allegados en diferentes instancias. Siendo ya 57 personas destituidas por vínculos familiares y 698 personas desvinculadas por pertenecer a dependencias de la presidencia consideradas como botín político.

Si bien el tema del nepotismo y del clientelismo político se ha posicionado con mayor fuerza en la opinión pública, dada la coyuntura actual de cambio de Gobierno, cabe mencionar que este fenómeno no es nuevo. En el aparato público siempre ha imperado una cultura política de favores, donde los sistemas de reclutamiento y promoción de personal se basan en un sistema clientelar más que en el mérito. Donde los nombramientos de empleos en el sector público responden a premios para los seguidores y consolidación de favores políticos y personales.

De acuerdo con datos de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES), desde 2008 cuando el presupuesto votado incluyó 97,755 plazas,  se observa una tendencia alcista hasta alcanzar 129,674 plazas en el presupuesto 2019, es decir, 31,919 plazas adicionales en el Gobierno Central durante la última década. Asimismo, según estudios de la misma fundación, existen grandes diferencias entre el crecimiento del empleo público de las Instituciones y la realización de concursos públicos. Lo cual señala una evidente discrecionalidad de la administración sobre las formas y mecanismos de contratación de los empleados públicos.

Adicional a ello, de acuerdo a información del Tribunal de Ética Gubernamental (TEG), durante el periodo comprendido desde el segundo semestre del año 2014 hasta abril del 2019 se han impuesto 21 sanciones relacionadas al tema del nepotismo, por haberse establecido una responsabilidad administrativa de acuerdo con los artículos 6 letra h) y 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG).

El artículo 6 letra h) establece expresamente que está prohibido “nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley”; y el artículo 5 letra c) establece que toda persona sujeta a esta Ley, debe “excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés”.

Pese a que las disposiciones anteriores han significado un avance para la prevención del clientelismo y el nepotismo, el mismo TEG reconoce que la Ley de Ética Gubernamental tiene una serie de situaciones nos previstas y que son importantes para ejercer un mayor control de las prácticas vinculadas al nepotismo.En ese sentido plantean la necesidad de incorporar a la legislación la figuras del nepotismo cruzado, con la cual se pretende evitar que los funcionarios ejerzan influencia para que sus familiares y allegados puedan ser contratados en instituciones diferentes a las que ellos ejercen la autoridad. Asimismo, el TEG ha sentado su opinión en relación al proyecto de Ley Contra el Nepotismo, sugiriendo incorporar en la Ley de Ética Gubernamental las nuevas modalidades de nepotismo incluidas en el proyecto.

Otra iniciativa importante para controlar el clientelismo y el nepotismo es la del anteproyecto de Ley de Servicio Público impulsado por la Secretaría de Técnica y de Planificación del Gobierno del expresidente Sánchez Cerén. Iniciativa que ha sido además acogida, mejorada e impulsada por el Equipo Impulsor de la Reforma a la Función Pública (EIRFP) integrado por la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA), la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), Fundación DTJ, GENS, Acción Ciudadana, TRACODA, Espacio Ciudadano, la Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE), la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES), la Iniciativa Social para la Democracia (ISD), el Centro de Capacitación para la Democracia (CECADE), INCIDE, Proyecto Cero, Red Latinoamericana de Jóvenes por la Democracia, Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) y Conexión.

Dicho anteproyecto, pretende sustituir a la Ley de Servicio Civil que data de 1961, y la cual es inaplicada por muchas de las instituciones públicas. Siendo que además esta ya no responde a la dinámica actual de la administración pública. El anteproyecto, entre otras medidas, propone la preponderancia del mérito en las contrataciones en la administración pública para contrarrestar el nepotismo y el clientelismo. Asimismo, se proponen evaluaciones periódicas para garantizar que el personal contratado se apto para el desempeño de las funciones atribuidas.

Queda claro entonces que ante una cultura que tradicionalmente ha optado por el nepotismo y el clientelismo en la administración pública existe una necesidad imperante de impulsar legislaciones que contribuyan a controlar dicha práctica que va en detrimento del bienestar de la población. Es en ese sentido, que las iniciativas encaminadas a reformar la Ley de Ética Gubernamental y a sustituir la Ley del Servicio Civil representan una gran oportunidad para los salvadoreños para combatir estas prácticas. Ante ello, debemos sumarnos como sociedad para impulsar estas y otras medidas tendientes a fortalecer nuestra institucionalidad reduciendo los espacios para su corrupción.

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