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La observación electoral – Edición #84

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En esta coyuntura electoral marcada por una serie de dudas y cuestionamientos sobre la calidad y transparencia de las elecciones presidenciales 2019, la observación electoral se convierte en la herramienta idónea que permite verificar que la voluntad popular expresada en las urnas ha sido respetada.

Desde esa perspectiva, la observación electoral es un proceso sistemático de controlaría social a los procesos electorales. Esta observación tiene como objetivo contribuir con la transparencia de las elecciones y emitir recomendaciones sobre la organización de las mismas.

La observación ciudadana electoral busca:

  1. Constatar la oportuna y debida organización de las elecciones y el cumplimiento de las funciones inherentes a los organismos electorales.
  2. El ejercicio del voto sin obstáculos.
  3. Y el respeto a todo el orden jurídico electoral.

La observación electoral observa los siguientes principios: El de no injerencia en los asuntos que competen a las autoridades electorales, el de imparcialidad, de neutralidad, y el de objetividad.

 Se observa antes, durante y después de las elecciones.

La observación electoral antes del día de las elecciones observa aspectos relacionados al registro electoral, la conformación de los organismos electorales temporales, la inscripción de candidatos, el presupuesto de la autoridad electoral para organizar el evento. A esto se suma la observación de las elecciones internas de los partidos, el financiamiento de los partidos y en general, las reglas electorales.

Durante el evento electoral, se observa el ejercicio del sufragio sin obstáculos, la conducta de las autoridades electorales, partidos, candidatos y actores auxiliares, como FGR, PNC, PGR. Al mismo tiempo, se observa los procedimientos en las mesas electorales, incluyendo el escrutinio preliminar.

En la etapa final, es decir, después de las elecciones, se observa el escrutinio final y el respeto del resultado que arrojaron las urnas.

La observación electoral está regulada en el país por el Reglamento General para la Observación Electoral Nacional e Internacional en El Salvador, emitido por el Tribunal Supremo Electoral. Este reglamento regula la autorización, acreditación y participación de las misiones de observación electoral en los procesos electorales que convoque la autoridad electoral.

Para constituir en observador electoral debe obtenerse la acreditación respectiva por parte del Tribunal Supremo Electoral. El reglamento define dos categorías de observadores: los nacionales y los internacionales.

La observación electoral internacional es de 3 tipos: Observadores oficiales (invitados por el TSE o Gobierno), observadores visitantes (extranjeros que observan elecciones) y observadores invitados por los partidos políticos.

Como se mencionó, la observación electoral nacional e internacional se pueden constituir en una garantía de transparencia y legalidad de las elecciones presidenciales 2019, sobre todo ante posibles escenarios de resultados cerrados o una segunda vuelta electoral.

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