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La nueva nueva Ley del Registro del Estado Familiar entrará en vigor en diciembre de 2024

La normativa estará vigente desde el 24 de diciembre y centralizará nacimientos, defunciones y matrimonios. Los registradores, 44 en total, 1 por cada municipio, tienen que ser abogados.

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El 24 de diciembre de este año entrará en vigor la Ley del Registro del Estado Familiar, que centraliza la inscripción de nacimientos, defunciones, matrimonios y otros actos jurídicos, que fue publicada en el Diario Oficial el 24 de septiembre.

El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) contará con 18 meses, hasta junio de 2026, para realizar los ajustes técnicos y financieros necesarios para su implementación completa.

Con esta ley, sólo 44 registradores del estado familiar estarán autorizados para llevar a cabo las inscripciones civiles en El Salvador.

Esta decisión responde a una recomendación del presidente Nayib Bukele, quien enfatizó la necesidad de una mayor regulación en el proceso.
La normativa también establece que las alcaldías deberán invertir en medidas de ciberseguridad para proteger el nuevo sistema.

Cada municipio tendrá un único Registro del Estado Familiar, dirigido por un registrador que debe ser abogado, aunque podrá contar con personal adicional.

Además, la ley amplía el plazo para inscribir defunciones de 15 a 45 días. Introduce cambios en la inscripción de divorcios, que serán sustituidos por la figura de la cancelación de matrimonio, y establece un formulario único de solicitud.

También se implementarán inscripciones de oficio en casos donde los hospitales no reporten nacimientos.
Respecto a los nacimientos, los padres deberán informar al registrador del municipio correspondiente dentro de los 45 días hábiles siguientes al evento.

Los hospitales están obligados a registrar el nacimiento en un plazo no mayor a 6 días hábiles y, de no hacerlo, se enfrentarán a una multa de $25.

Si los padres no realizan el informe, se llevará a cabo un registro de oficio a través del Sistema Nacional Integrado de Salud. La inscripción deberá incluir el Número Único de Identificación (NUI), el nombre y sexo del recién nacido, así como información de los padres.

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