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Juzgado desestima proceso contra alcalde de Santa Tecla

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El Juzgado Primero de Paz de Santa Tecla instaló el viernes pasado la audiencia inicial contra el alcalde de Santa Tecla Roberto José D’abuisson Munguía y 13 personas más, miembros del concejo municipal acusados por la Fiscalía del delito de desobediencia.

Según la FGR, que presentó requerimiento el pasado 12 de marzo ante dicha sede judicial, los procesados han desobedecido la resolución emitida por el Juzgado Segundo de lo Contencioso administrativo en la cual se ordenaba el reinstalo y pago de salarios caídos de 39 personas exempleadas del departamento de desechos sólidos de la Alcaldía, quienes fueron cesados de sus empleos en julio de 2018.

La resolución emitida en febrero de 2020 en por la instancia de lo contencioso administrativo ordenaba al alcalde Roberto d’Aubuisson y su concejo municipal el reinstalo de las personas que fueron despedidas en julio de 2018 cuando la alcaldía lanzó el nuevo sistema de recolección de desechos sólidos denominada “Teclaseo”.

Por lo cual el Juzgado Primero de Paz de Santa Tecla instaló esta nueva la audiencia inicial a fin de determinar con indicios la posible vinculación o no de los procesados en los hechos atribuidos.

Por su parte los defensores de los denunciados manifestaron, en el desarrollo de la audiencia, que el proceso de reinstalo y pago de sueldos de los empleados despedidos inició el pasado 11 de marzo, por lo que solicitó al Juez Primero de Paz declarar improcedente la acusación.

Al final de la audiencia y tras el análisis respectivo, el Juez Primero de Paz determinó que las acciones no son constitutivas delito, ni hecho punible por lo que resolvió dar un sobreseimiento de carácter definitivo a los 14 procesados.

El delito de desobediencias es sancionado en el Art. 322 del Código Penal, el cual reza: “El funcionario o empleado público, agente de autoridad o autoridad pública que se negare abiertamente a dar el debido cumplimiento a sentencia, decisiones u órdenes de un superior, dictadas dentro del ámbito de su competencia y revestidas de las formalidades legales, será sancionado con prisión de seis meses a un año e inhabilitación especial para el ejercicio del empleo o cargo por igual tiempo”.

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