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Juzgado Ambiental ordena suspender bloqueo en el relleno sanitario de Nejapa
Este día la Alcaldía de San Salvador informó que el Juzgado Ambiental de San Salvador emitió una medida cautelar ordenando suspender inmediatamente el bloqueo en el relleno sanitario en Nejapa por parte de la Asociación Salvadoreña de Trabajadores Municipales (Astram) en contra de la Alcaldía de San Salvador.
El Juzgado ordena al Director de la Policía Nacional Civil el prestar a la Municipalidad de San Salvador la colaboración necesaria remover cualquier obstáculo que impida que la municipalidad transporte los desechos sólidos desde la ciudad de San Salvador hacia el relleno sanitario, esto dentro de las 24 horas siguientes a la resolución.
Así también, deberá remitir al Juzgado un informe con los resultados de las diligencias que realice para ese fin.
La medida cautelar obedece a una solicitud de la Dirección Municipal para la Gestión Sustentable de Desechos Sólidos y en ella también se solicita al director de la Policía Nacional Civil (PNC), Mauricio Arriaza Chicas, que auxilie a la alcaldía en la remoción de cualquier obstáculo que impida el ingreso de los camiones recolectores al relleno.
El Juzgado Ambiental explicó que la libertad de expresión sindical tiene limitaciones y, consecuentemente, no puede ejercitarse en detrimento de los derechos de la generalidad de la población. La resolución indica que la protesta de Astram, al impedir la recolección de basura, atenta contra el medio ambiente, la calidad de vida y la salud del resto de la población de la capital.
El Juzgado Ambiental también pidió a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) apoyar a la comuna para encontrar una solución consensuada al conflicto con los trabajadores.
El juez advierte al sindicato que, en caso de no acatar esta medida cautelar que se les ha impuesto, se iniciará un proceso penal en la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de desobediencia de particulares.
Aunque ASTRAM informó que apelará las medidas cautelares, la Ley de Medio Ambiente señala que la apelación no suspende la obligación de cumplir con las medidas.