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ISSS homologa Certificados de Aislamiento por COVID-19 emitidos por el Ministerio de Salud

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Ante las dificultades que se han presentado en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) para homologar los Certificados de Aislamiento por COVID-19 emitidos por el Ministerio de Salud, el ISSS emitió una circular donde expresa que el mencionado certificado se considera equivalente a la Incapacidad Temporal y por lo tanto, no es necesario el trámite de homologación para tener derecho al subsidio.

Según la circular, para el trámite de pago de subsidios por incapacidad «COVID-19» o «Sospecha de COVID-19», será suficiente la Constancia de Aislamiento emitida por MINSAL, es decir, para estos casos, ya no será necesario requerir una incapacidad homologada, ni el trámite de verificación patronal.

En la constancia de aislamiento, se le proporcionará: nombre del paciente, número de DUI, edad, nacionalidad, diagnóstico y periodo de incapacidad que será el mismo al periodo de aislamiento; lo cual ya se encuentra validado en el Sistema Integral de Atención al Paciente (SIAP), del ente rector.

El Instituto a través de la Sección Subsidios, verificará en SIAP, la existencia de la constancia de aislamiento y utilizará el nombre del o los médicos que proporcionará la Subdirección de Salud para efectos de registro, debiendo utilizar el correlativo 01 en el sistema MASU y centro de costos de Clínica Comunal Miramonte.

Lo anterior, para agilizar el trámite y hagamos efectiva la notificación al paciente a fin de que pueda recoger su subsidio por incapacidad directamente en el banco, en los 15 días hábiles siguientes, a la fecha de su presentación de solicitud del trámite. Lo anterior, de conformidad a lo señalado en los Arts. 50 y 65 de la Constitución de la República de El Salvador, los Arts.136 y 184 literal «ch», del Código de Salud.

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