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Instituciones podrán contratar mediante endeudamiento público

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Las reformas propuestas a la Ley Especial de Contratación de Obras con Financiamiento Incluido (LECOFI) han sido anunciadas y publicadas en el Diario Oficial del 20 de julio por la Imprenta Nacional.

Estas reformas tienen como objetivo ampliar el alcance de la ley, permitiendo que todas las instituciones del Estado, incluyendo ministerios, entidades autónomas y municipalidades, puedan utilizarla para contratar no solo obras, sino también «servicios esenciales».

Anteriormente, la LECOFI estaba limitada al Ministerio de Obras Públicas (MOP) y se aplicaba en proyectos de obras bajo un modelo en el cual entidades privadas proponían proyectos al ministerio, los financiaban con sus propios fondos y el monto invertido se convertía en deuda del Estado.

Con las reformas aprobadas, las instituciones estatales podrán hacer uso de la ley para contratar servicios esenciales, que se definen como bienes necesarios para satisfacer las necesidades de la población y que podrían poner en riesgo la vida si no se adquieren.

El ministro de Obras Públicas podrá autorizar la aplicación de la ley en función de la naturaleza de la contratación, la necesidad prioritaria y las condiciones específicas del mercado, a través de una resolución razonada.

La reforma también permitirá a la institución contratante establecer sus propios términos de contratación, instrumentos y requisitos para asegurar la calidad de los productos o servicios.

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