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Iniciativa busca penas más severas por comercialización irregular de lotificaciones

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La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales comenzó con el estudio de una reforma que busca incorporar al Código Penal penas de entre 8 y 12 años de cárcel para aquellos que comercialicen lotificaciones de forma irregular, sin cumplir los requisitos legales y técnicos correspondientes.

La propuesta también contempla penas de entre 3 y 4 años de prisión, más una multa económica, para las lotificadoras que no acaten la ley. En la sesión de la Comisión de ayer recibieron al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Rodolfo Delgado, sobre las denuncias de estafas colectivas relacionadas con lotificaciones irregulares.

El fiscal general destacó la importancia de aprobar estas reformas legales para castigar a los empresarios que han dejado a cientos de familias en una situación de inseguridad jurídica respecto a sus parcelas. Delgado resaltó que estas reformas permitirán hacer justicia a los afectados y brindarles certeza jurídica sobre sus propiedades.

La propuesta busca intercalar un nuevo artículo, el 216-A, entre los artículos 216 y 217 del Código Penal, el cual establecerá el delito de «Comercialización de Lotificaciones Irregulares». Según este artículo, aquellos que comercialicen parcelas o lotificaciones destinadas a uso habitacional sin haber obtenido las aprobaciones legales necesarias para legalizar su situación jurídica, serán sancionados con prisión de ocho a doce años.

Además, se añadirá un segundo inciso al artículo 338 del Código Penal. Este nuevo inciso establece que, en casos en los que se incumpla una orden que imponga al propietario, desarrollador, parcelario o lotificador el cumplimiento de una compensación según lo estipulado en la ley especial correspondiente, la pena a imponer será de tres a cuatro años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.

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