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Incrementarán multas a empleadores por violación a derechos laborales

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La Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa avaló una reforma al artículo 627 del Código de Trabajo, con el propósito de incrementar la sanción general por el incumplimiento a derechos laborales de los empleados.

El artículo señala que las infracciones a lo dispuesto en los Libros I, II y III del Código de Trabajo, y demás leyes laborales, que no tuvieren señalada una sanción especial, harán incurrir al infractor en una multa hasta de quinientos colones por cada violación.

Actualmente, la penalidad máxima que contempla el apartado de dicha normativa es de 500 colones, es decir que en la realidad actual son $57.06 lo que se impone a un empleador si vulnera las condiciones laborales de alguna persona.

Con la reforma las infracciones harán incurrir al infractor en una multa equivalente al cien por ciento del pago por cada una de las prestaciones que han sido vulneradas, sin que por ello deje de cumplirse el pago de las prestaciones laborales reguladas en la norma infringida.

Por ejemplo, si un empleador comete tres infracciones que sumen $1,000, la multa será equivalente a esa cifra, de acuerdo a la propuesta aprobada.

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