Legal
Inconstitucionalidades
Evidentemente, se ha recibido con mucho asombro y preocupación de parte de algunos sectores, las tres resoluciones que emitió recientemente la Sala de lo Constitucional, en la primera detiene el cobro del 13% sobre la energía eléctrica, en la segunda, explica que los diputados suplentes que votaron por los $ 900 millones en bonos para seguridad, no tienen existencia constitucional de voto popular, por lo tanto su actuación carece de legitimidad. *
En tal sentido, la Sala le ordena a la Asamblea Legislativa, a que siga el proceso ante el TSE, para que los suplentes puedan ser elegidos popularmente y obtengan así la legitimidad que se han adjudicado de forma ilegítima. Y la tercera resolución es mucho más impactante, dado que toca a estructuras de poder, al declarar la inconstitucionalidad de los artículos 1 y 4 de la Ley de Amnistía de 1993, así mismo las disposiciones restantes de la ley impugnada pierden igualmente su sentido, por desaparecer su objeto.
Con ello, se allana el camino para la tan anhelada justicia que han buscado en más de dos décadas por algunas víctimas. De modo que la carga de las investigaciones ahora se traslada al Estado y a la efectividad de las víctimas en presentar su denuncia ante la FGR, sobre los crímenes cometidos durante el pasado conflicto armado.
En consecuencia, los hechos excluidos de la amnistía tras la finalización del conflicto armado, son los casos contenidos en el Informe de la Comisión de la Verdad. Al declararlos la Sala de lo Constitucional imprescriptibles (Crímenes de lesa humanidad), y por lo tanto no gozan de amnistía y están sujetos a investigación, juzgamiento y sanción en los términos y condiciones que establece el artículo 244 Constitución.
Es decir, que al aprobar la Ley de Amnistía, con 47 votos por parte de ARENA, PCN y el Movimiento Auténtico Cristiano (MAC) automáticamente se legalizó las matanzas y las violaciones a los derechos humanos, cometidos tanto por militares como por la guerrilla que se realizaron en el periodo de la guerra. De manera que el acceso a la justicia por parte de las víctimas quedo sin efecto por decreto legislativo.
Ahora bien, la historia nos ha enseñado que los que ostentan el poder nunca perderán ni por casualidad una batalla, dado que confeccionan a su medida el traje, lo ajustan a los tiempos, y elaboran los detallas de tal manera que encubren las imperfecciones, en este caso los crímenes de lesa humanidad, los cuales quedaron sepultados por una ley que protegió por décadas a prestigiosos políticos, eminentes militares, y escuadronaros que no tenían amor por la vida.
No obstante, la resolución de la Sala de lo Constitucional viene a dignificar la memoria de los 75,000 muertos caídos en El Salvador. Y les da esperanza a los familiares que vivieron en carne propia los abusos y violaciones a sus derechos, de modo que se abre un nuevo capítulo para investigar y llevar a la justicia a todos aquellos involucrados en la Comisión de la Verdad.
De manera que, la Fiscalía General de la República enfrentará un gran reto en el que deberá pedirle al Gobierno del FMLN, que desclasifique los archivos militares, y que informe al pueblo sobre los detalles completos y absolutos de la Comisión de la Verdad, donde se explica cómo, quién, cuándo y dónde se cometieron delitos de lesa humanidad.
En suma, todo dependerá de la denuncia de las víctimas, de la capacidad investigativa de la FGR, y de los testigos que estén disponibles aún, lo cual es muy improbable, y del valor del Fiscal General de perseguir a altos funcionarios y militares que están implicados.
*Artículo escrito por el Lic. Jaime Ramírez
Consultor Legal y de Negocios