Legal
Implementación de las S.A.S entrará en vigor en febrero de 2024
Presidencia ha sancionado las reformas al Código de Comercio relativas a la implementación de las Sociedades de Acciones Simplificadas, el decreto ha sido publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de diciembre este día. El decreto establece que las nuevas disposiciones entrarán en vigencia 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.
Las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S) son un tipo de sociedad diseñada para simplificar la tramitología y permitir que una sola persona pueda establecer y operar legalmente un negocio. Entre los cambios más relevantes, se destaca que las S.A.S podrán constituirse como unipersonales, eliminando la necesidad de al menos dos socios como en otras formas societarias.
Además, se ha establecido un año de gracia durante el cual las SAS estarán exentas de tributar al Estado, buscando incentivar la actividad económica en el país. Estas reformas tienen como objetivo fomentar la formalización de negocios y superar los desafíos que enfrentan las MIPYMES y el comercio informal en El Salvador.
Las ventajas de las SAS incluyen su capacidad para constituirse de forma unipersonal y la posibilidad de que los salvadoreños en el exterior establezcan sociedades en el territorio nacional utilizando la firma electrónica.
La constitución, modificación, transformación, disolución, liquidación y otros actos sociales de las SAS se realizarán mediante formularios proporcionados por el Registro de Comercio, eliminando la necesidad de escrituras públicas u otras formalidades adicionales para la constitución de la sociedad.
Además, el capítulo establece que las SAS podrán emitir diversas clases y series de acciones, permitiendo a los accionistas decidir sobre los derechos o limitaciones inherentes a ellas. Se destaca que las acciones pueden ser emitidas por cualquier tipo de consideración, según lo establecido en el pacto social.
La nueva legislación también aborda la posibilidad de que las SAS adopten el régimen de capital variable, destinen cantidades anuales para formar la reserva legal, y la capacidad de transformarse o fusionarse con otras sociedades, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
El documento constitutivo de la sociedad determinará libremente la estructura orgánica, las normas de funcionamiento, las facultades y obligaciones de cada órgano. Las reuniones de los órganos sociales se regirán por lo establecido para las sociedades anónimas, permitiendo el uso de cualquier medio tecnológico que asegure la identificación de los asistentes, la confidencialidad y la conservación de la información.