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IAIP ordena entregar informes de la Sección de Probidad sobre presunto enriquecimiento ilícito

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Ayer, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) notificó de la resolución tomada en relación con la entrega de versiones públicas de los informes de la Sección de Probidad sobre presuntos enriquecimientos ilícitos conocidos por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), durante el 2018. En la resolución el IAIP ordena a la CSJ remover de la información reservada dichos informes y proceder a entregar «versiones públicas» de información sobre dichos casos.

La resolución nace a raíz del recurso de apelación presentada por los ciudadanos Jaime Alberto López y Sonia Beatriz Hernández Chacón, quienes interpusieron recurso en contra de la resolución emitida por el Oficial de Información de la CSJ, tras declarar que información solicitada era reservada con base al Art. 19, letra «e» de la LAIP.

Entre otros requerimientos, los ciudadanos solicitaron:

  1.  Copia de las minutas o memorias, en formato texto o audio, de las sesiones de la Corte Plena realizadas en 2018 en las que se ha discutido o resuelto en relación con informes elaborados por la Sección de Probidad sobre presunto enriquecimiento ilícito.
  2. Versiones públicas de los informes elaborados por la Sección de Probidad sobre presunto enriquecimiento ilícito que han sido de conocimiento de la Corte Suprema de Justicia durante el año 2018.

En la resolución, el IAIP señala que declarar como información reservada los informes de probidad transgrede el derecho humano de acceso a la información pública, sin embargo el IAIP señala que la Corte debe excluir aquellos casos en los que no haya una decisión definitiva y que también debe emitir “una declaratoria de reserva” conforme al artículo 21 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) y los parámetros de la resolución.

 El IAIP explica que dentro de las «versiones públicas» deberá restringirse información propia de la vida privada de sus titulares que solo atañen a ellos, como DUI, NIT, número de cuentas bancarias, cuotas alimenticias; pero no aquella “información relacionada con el sustento fáctico y jurídico que plasmó la sección de probidad en cada informe”.
El IAIP ordenar al titular de la CSJ que, a través de su Oficial de Información, en el plazo de diez días hábiles, entregar las versiones públicas de los informes elaborados por la Sección de Probidad sobre presunto enriquecimiento ilícito de los casos que han sido resueltos por la Corte Suprema de Justicia durante el 2018.

Consulte la resolución completa a continuación:

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